AAP Jaén 135/2016, 7 de Julio de 2016

PonenteJOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
ECLIES:APJ:2016:44A
Número de Recurso663/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución135/2016
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

A U T O Nº 135

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. José Antonio Córdoba García

MAGISTRADOS

D. Rafael Morales Ortega

D. Luis Shaw Morcillo

En la ciudad de Jaén, a siete de de Julio de dos mil dieciséis.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Impugnación Liquidación de Intereses seguidos en primera instancia con el nº 43.01 del año 2015, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, rollo de apelación de esta Audiencia nº 663 del año 2016, a instancia de BANCO SANTANDER, S.A., representado en la instancia y en esta alzada por el Procurador D. tomás Enrique Sánchez Martínez y defendido por la Letrada Dª Bárbara Arranz Peradones, contra D. Feliciano

, representado en la instancia y en esta alzada por la Procuradora Dª Inmaculada Sóla Muñoz y defendido por la Letrada Dª Beatriz Arias Moral.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho del auto apelado, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, con fecha 22 de Febrero de 2016 .

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla y en fecha 22 de Febrero de 2016, se dictó Auto que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA: " DECIDO: Desestimar la oposición a la liquidación de intereses presentada por el Procurador Sra. Sola Muñoz en nombre y representación de

D. Feliciano, declarando adecuada la propuesta de liquidación de intereses presentada por el Procurador Sr. Sánchez Martínez en su escrito de fecha 11 de noviembre de 2015, que fija los intereses de demora en

32.017,97 euros; las costas se imponen a la parte promotora del presente incidente".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso por la parte demandada, D. Feliciano, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la parte demandante, Banco Santander, S.A.; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, con emplazamiento de las partes, que turnadas a esta Sección Primera se formó el rollo correspondiente; personadas las partes, quedó señalado para la deliberación, votación y fallo el día 6 de Julio de 2016, en que tuvo lugar, quedando la actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Córdoba García. ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

Contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, de fecha 22 de Febrero de 2016, interpone la representación de D. Feliciano, recurso de apelación, en base a que la tutela del consumidor debe prevalecer frente a cualquier cuestión derivada del procedimiento, con la única limitación de salvaguardar los principios de audiencia y contradicción, por lo que...

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