SAP Cádiz 155/2016, 7 de Junio de 2016

PonenteJOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
ECLIES:APCA:2016:863
Número de Recurso511/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución155/2016
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION SEGUNDA

S E N T E N C I A NÚM. 1 5 5

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

D. JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

MAGISTRADOS

D. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

DÑA CONCEPCION CARRANZA HERRERA

JUZGADO MIXTO Nº TRES PUERTO SANTA MARIA

JUICIO VERBAL Nº 582/13

ROLLO DE SALA Nº 511/15

En Cádiz, a siete de junio de dos mil dieciséis.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Sres. reseñados al margen, ha visto el Rollo de apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada contra la Sentencia dictada por el citado Juzgado de Primera Instancia y en el Juicio Verbal 582/13 referido.

Como parte apelante ha comparecido el Sr. Procurador Don Francisco Javier Serrano Peña en nombre y representación de DON Pedro Miguel ., bajo la dirección jurídica del Letrado D. Francisco Castro Barrero.

Como parte apelada ha comparecido el Procurador María de la O Noriega Fernández en nombre y representación de Blas, bajo la dirección jurídica del Letrado Don Manuel Fernández Lozano.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES, conforme al turno establecido.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Mixto nº Tres de el Puerto de Santa María se dictó Sentencia el 25-6-15

en el procedimiento del margen, cuyo Fallo es del tenor siguiente:

"Desestimar la demanda interpuesta por la Procurador, Dª. Eva María Castro Sánchez, en nombre y representación de D. Pedro Miguel, asistido del Letrado, D. Francisco Castro Barrero contra D. Blas, representado por la Procurador, Dª. Rocío Galán Cordero y defendido por el Letrado, D. Manuel Fernández Lozano y desestimar la reconvención interpuesta por la Procurador, Dª. Rocío Galán Cordero, en nombre y representación de D. Blas, defendido por el Letrado, D. Manuel Fernández Lozano, contra D. Pedro Miguel, representado por la Procurador, Dª. Eva María Castro Sánchez y defendido por Francisco Castro Barrero." SEGUNDO .- Formulado recurso de apelación contra la Sentencia de instancia, por la representación de

D. Pedro Miguel se dio traslado por diez días, presentando escrito de oposición D. Blas, siendo emplazadas las partes por diez días para ante esta Audiencia Provincial. Una vez recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, se turnaron a esta Sección, acordándose la formación del oportuno Rollo para conocer del recurso y la designación de Ponente, Diligencia de Ordenación notificada a las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de la instancia desestima la demanda de reclamación de rentas derivada de una

arrendamiento de local y la reconvención, por no tener legitimación para interponer la presente demanda.

SEGUNDO

La doctrina jurisprudencial, entre otras Sts del Tribunal Supremo de 7 de diciembre de 1999 y 13 de Diciembre del 2006, declara que cualquiera de los comuneros pueden comparecer en juicio y ejercitar acciones que competan a la Comunidad, siempre que actúe en beneficio de la misma.

La parte demandante...

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