SAP Jaén 243/2016, 4 de Octubre de 2016

JurisdicciónEspaña
Número de resolución243/2016
EmisorAudiencia Provincial de Jaén, seccion 2 (penal)
Fecha04 Octubre 2016

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Segunda

J A E N

JUZGADO DE LO PENAL

NÚMERO CUATRO DE JAEN

P.A. NÚMERO 128/2016

ROLLO APELACION PENAL NÚMERO 742/2016

Esta Audiencia Provincial de Jaén, por los Iltmos. Sres. relacionados al margen, ha pronunciado, en Nombre del Rey, la siguiente

SENTENCIA Número 243

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. PIO AGUIRRE ZAMORANO

Magistrados

D. SATURNINO REGIDOR MARTÍNEZ

Dª. MARIA FERNANDA GARCÍA PÉREZ

En la ciudad de Jaén, a cuatro de octubre de dos mil dieciséis

Vista, en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal número Cuatro de esta capital, por el Procedimiento Abreviado nº 128/2016, por el delito de Quebrantamiento de condena procedente del Juzgado de Instrucción nº Uno de Andújar rollo de apelación nº 742/2016 siendo acusado Arcadio, cuyas demás circunstancias constan en la recurrida, representado en la instancia por la Procuradora Sra. Rojas Marín y defendido por el Letrado Sr. Aguayo Liébana, siendo apelantes el Ministerio Fiscal y el acusado, a su vez parte apelada el MINISTERIO FISCAL y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARIA FERNANDA GARCÍA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número Cuatro de Jaén, en el Procedimiento Abreviado nº 128/2016 se dictó, en fecha 20 de junio de 2016, Sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS

: "Queda probado y así se declara expresamente que, mediante Sentencia 263/2011, de 20 de junio de 2011, dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 4 de Jaén, se impuso al acusado, por un delito de malos tratos habituales del artículo 173.2 CP, la pena de prohibición de aproximación a una distancia no inferior a 500 metros respecto de Macarena, así como a su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro frecuentado por ella, y prohibición de comunicación por cualquier medio respecto de la misma, durante 4 años, y prohibición de entrada, estancia y residencia en la localidad de Andújar durante 5 años, y por un delito de lesiones de los artículos 147 y 148.4 CP, la pena de prohibición de aproximación a una distancia inferior a 500 metros respecto de Macarena, así como a su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro frecuentado por ella, y prohibición de comunicación por cualquier medio respecto de la misma durante 4 años, y prohibición de entrada, estancia y residencia en la localidad de Andújar durante 5 años. Asimismo, a fin de controlar el cumplimiento de dichas prohibiciones, se acordó la imposición y colocación de medios telemáticos de control, en la referida resolución judicial. Siendo así que el día 21 de abril de 2013, tras hacerle al acusado los apercibimientos oportunos y explicarle el funcionamiento del mentado dispositivo, se le colocó la correspondiente pulsera. Pese a ello y a las advertencias hechas por el Juzgado, el acusado hizo caso omiso a las mismas, por cuanto el día 18 de marzo de 2014 no cargó la batería del dispositivo de localización; se aprecia una separación de brazalete el día 19 de abril de 2014; se comunicaron incidencias consistentes en llamadas perdidas los días 6, 14, 15, 19, 23 y 27 de abril, 6, 10 y 24 de mayo y 6 de junio de 2014".

SEGUNDO

Así mismo la referida Sentencia pronuncia el siguiente FALLO: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Arcadio como autor criminalmente responsable de: 1) Un delito de quebrantamiento de condena del art. 468.2 CP a la pena de 1 año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena. Con imposición de las costas procesales.

Líbrese testimonio de la presente sentencia al Juzgado de Instrucción n.º 1 de Andújar."

TERCERO

Contra la misma Sentencia por el Ministerio Fiscal y por la representación de Arcadio, respectivamente, formalizaron en tiempo y forma el recurso de apelación dándose traslado a las demás partes para impugnación o adhesión habiéndose presentado por el Ministerio Fiscal escrito de impugnación.

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia, se acordó formar Rollo, turnar de Ponente, y una vez celebrada la deliberación, votación y fallo que venía señalada para el día 3 de octubre de 2016 quedaron examinados para Sentencia.

QUINTO

Se aceptan como trámites y antecedentes los de la Sentencia recurrida.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia condenatoria por un delito de quebrantamiento de condena del art. 468.2 CP recurre en apelación el Ministerio fiscal, que considera que conforme a lo solicitado en sus conclusiones definitivas deben calificarse los hechos por el tipo del art. 468.3 CP y ser castigados con la pena de nueve meses de multa con una cuota diaria de 5 euros, y también recurre el acusado, alegando infracción del art. 468.2 y error en la valoración de la prueba, en tanto no resulta acreditado que se haya aproximado a la víctima ni entrado en la zona de exclusión, debiendo considerarse las alertas de la pulsera electrónica como meras incidencias técnicas, por lo que no probada la intención de quebrantar la pena de alejamiento impuesta debe ser absuelto de dicho delito.

SEGUNDO

Se combate la sentencia tanto por la calificación de los hechos como por la valoración de la prueba.

En cuanto a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
20 sentencias
  • SAP Madrid 654/2017, 19 de Octubre de 2017
    • España
    • 19 d4 Outubro d4 2017
    ...ajena, serán castigados si la cuantía no excede de 400 €, con las penas de multa de uno a tres meses" . La doctrina (STAP Jaén, Sección 2ª, núm. 243/2016 de 4/10, Álava, Sección 2ª, núm. 279/2016 de 24/10, y Zaragoza, Sección 1ª, núm. 307/2016 de 7/10), viene afirmando que la reforma del Có......
  • SAP Asturias 168/2022, 26 de Abril de 2022
    • España
    • 26 d2 Abril d2 2022
    ...medidas exigibles para mantener su correcto estado de funcionamiento". La doctrina existente respecto a dicho delito (STAP Jaén, Sección 2ª número 243/2016 de 4 de Octubre, Álava Sección 2ª 279/2016 de 24 de Octubre, Zaragoza, Sección 1ª 307/2016 de 7 de Octubre, Madrid Sección 26 de fecha ......
  • SAP Madrid 210/2023, 15 de Marzo de 2023
    • España
    • 15 d3 Março d3 2023
    ...sentenciador TERCERO En cuanto a la indebida aplicación del art.468.3 del Código Penal, debe recordarse que la doctrina (STAP Jaén, Sección 2ª, núm. 243/2016 de 4/10, Álava, Sección 2ª, núm. 279/2016 de 24/10, Zaragoza, Sección 1ª, núm. 307/2016 de 7/10, y Barcelona, Sección 22ª, núm. 705/2......
  • SAP Madrid 116/2018, 23 de Febrero de 2018
    • España
    • 23 d5 Fevereiro d5 2018
    ...de primera instancia en orden al nuevo enjuiciamiento de la causa». TERCERO Ha de indicarse igualmente que la doctrina (STAP Jaén, Sección 2ª, núm. 243/2016 de 4/10, Álava, Sección 2ª, núm. 279/2016 de 24/10, y Zaragoza, Sección 1ª, núm. 307/2016 de 7/10) viene afirmando que la reforma del ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR