AAP León 273/2017, 8 de Marzo de 2017

PonenteLORENZO ALVAREZ DE TOLEDO QUINTANA
ECLIES:APLE:2017:233A
Número de Recurso1498/2016
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución273/2017
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

AUTO: 00273/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de LEON

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Domicilio: C/ EL CID, 20, LEÓN

Telf: 987230006 Fax: 987230076

Equipo/usuario: MAA

Modelo: 662000

N.I.G.: 24115 41 2 2015 0075964

ROLLO: RT APELACION AUTOS 0001498 /2016

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.5 de PONFERRADA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000012 /2015

RECURRENTE: EL ROSAL RETAIL SLU, Feliciano, EL ROSAL SHOPPING SA, Jon

Procurador/a:, BEATRIZ MARIA URIA MIRAT,, BEATRIZ MARIA URIA MIRAT

Abogado/a:, LUIS MIGUEL PALAZON GARCIA,, LUIS MIGUEL PALAZON GARCIA

RECURRIDO/A: Roman, Concepción, Carlos Manuel, Josefa, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: MARIA ISABEL MACIAS AMIGO, MARIA ISABEL MACIAS AMIGO, MARIA ISABEL MACIAS AMIGO, MARIA ISABEL MACIAS AMIGO,

Abogado/a: DAMIAN GAUBEKA LOPEZ, DAMIAN GAUBEKA LOPEZ, DAMIAN GAUBEKA LOPEZ, DAMIAN GAUBEKA LOPEZ,

A U T O Nº 273/17

D. CARLOS JAVIER ÁLVAREZ FERNÁNDEZ.-PRESIDENTE

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO .-MAGISTRADO

D. LORENZO ÁLVAREZ DE TOLEDO QUINTANA.-MAGISTRADO

En León, a ocho de Marzo de dos mil diecisiete.

La SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL, constituida por los Señores del margen, habiendo sido Ponente el Iltmo. Sr. LORENZO ÁLVAREZ DE TOLEDO QUINTANA, ha dictado la presente resolución en el Rollo nº 1498/2016, habiendo sido Partes Apelantes, EL ROSAL RETAIL S.L.U., Don Feliciano

, EL ROSAL SHOPPING S.A., Don Jon, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña BEATRIZ URIA MIRAT y asistidos por el Letrado Don LUIS MIGUEL PALAZÓN GARCÍA. Y partes apeladas, Don Roman, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña MARÍA ISABEL MACIAS AMIGO y asistido por el Letrado Don DAMIAN GABEKA LÓPEZ; Doña Concepción, Don Carlos Manuel y Doña Josefa, así como el MINISTERIOFISCAL .

H E C H O S
PRIMERO

En fecha 9 de junio de 2016 se dictó por el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Ponferrada, Auto por el que se decretaba el sobreseimientoprovisional y el archivo de las presentes actuaciones. Contra esta resolución se ha formulado RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN por la Procuradora de los Tribunales Doña BEATRIZ URIA MIRAT en la representación que ostenta de Don Jon y Don Feliciano, por medio de escrito presentado en la oficina judicial en tiempo y forma en el que suplicaba se dejase sin efecto la resolución impugnada y se acordase la continuación de las Diligencias Previas.

SEGUNDO

El anterior recurso de reforma fue admitido, sustanciado y finalmente desestimado por Auto del Juzgado de Instrucción de 22 de agosto de 2016 por el que se admitía el Recurso de Apelación articulado con carácter subsidiario.

TERCERO

Admitido el Recurso de Apelación y efectuados los traslados previstos en la ley, se presentó por la Procuradora de los Tribunales Doña BEATRIZ URÍA MIRAT, en la representación que ostenta de BESADISA S.L., Don Jon y Don Feliciano, escrito de alegaciones en el que reiteraba su petición de dejar sin efecto el sobreseimiento decretado y la continuación de los autos, con citación de las partes para declarar en sede judicial.

El Ministerio Fiscal ha solicitado igualmente la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución impugnada por medio de escrito presentado en la oficina judicial 10 de octubre de 2016.

Tras esta sustanciación, se han remitido a esta Sala las actuaciones para la resolución del recurso de apelación interpuesto.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la resolución del Juzgado instructor de 9 de junio de 2016 por la que se decreta el sobreseimientoprovisional y el archivo de la causa, se alzan los denunciantes EL ROSAL RETAIL S.L.U., Don Feliciano, EL ROSAL SHOPPING S.A., Don Jon, solicitando se revoque dicha resolución y se acuerde la continuación de las diligencias penales.

En la denuncia que dio lugar a la incoación de las presentes Diligencias Previas se exponía que la denunciante BESADISA S.L. suscribió el 3 de enero de 2007 con la denunciada EL ROSAL SHOPPING S.L. un contrato de arrendamiento recayente sobre un local comercial sito en el centro comercial y de ocio "EL ROSAL" sito en la localidad de Ponferrada.

La parte arrendataria asumía el compromiso de abonar, según presupuesto, los gastos comunes que se individualizarían a su cargo, según la cuotas que correspondiesen al local arrendado, los gastos generales que se relacionaban en el art. 30 del propio contrato, unos gastos operativos del centro comercial, unos gastos calculados sobre un coeficiente sobre los gastos de publicidad y promoción genérica del centro comercial, el correspondiente Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y cuantos otros tributos gravasen la explotación del local arrendado, y los pagos que fuesen de su cargo según el Reglamento Interior del centro Comercial.

En el año 2011 EL ROSAL SHOPPING S.L. transmitió a la codenunciada EL ROSAL RETAIL S.L.U. la titularidad de la finca registral nº 44.329 del Registro de la Propiedad nº 3 de Ponferrada, correspondiente al local arrendado a BESADISA S.L. Así, EL ROSAL RETAIL S.L.U. se subrogaba en la posición de arrendadora de dicho local comercial, con los propios derechos que como tal arrendador se habían reconocido en el contrato a EL ROSAL SHOPPING S.L.

En dicho contrato se había...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP León 1130/2018, 8 de Noviembre de 2018
    • España
    • 8 de novembro de 2018
    ...expuestas en un recurso anterior, formulado por BESADISA S.L., Don Gabriel Y Don Florencio, estimado por la Audiencia Provincial de León en su Auto Nº 273/2017, siendo patente la actitud de los denunciados de no contestar a los requerimientos que se les han dirigido y no clarificar los conc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR