SAP Madrid 169/2017, 6 de Abril de 2017
Ponente | JOSE MANUEL ARIAS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APM:2017:5556 |
Número de Recurso | 181/2017 |
Procedimiento | Recurso de Apelación |
Número de Resolución | 169/2017 |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Décima
C/ Ferraz, 41, Planta 2 - 28008
Tfno.: 914933917
37007740
N.I.G.: 28.006.00.2-2015/0012468
Recurso de Apelación 181/2017
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 03 de Alcobendas
Autos de Procedimiento Ordinario 1813/2015
APELANTE:: D. /Dña. Pablo y D. /Dña. Custodia
PROCURADOR D. /Dña. FEDERICO BRIONES MENDEZ
APELADO:: BOSQUES NATURALES SA
PROCURADOR D. /Dña. MARIA CRISTINA PEREZ PERRINO
MAGISTRADO: ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
SENTENCIA Nº 169/2017
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ
En Madrid, a seis de abril de dos mil diecisiete.
La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1813/2015 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 03 de Alcobendas a instancia de D. /Dña. Custodia y D. /Dña. Pablo apelantes - demandantes, representados por el/la Procurador D. /Dña. FEDERICO BRIONES MENDEZ y defendidos por Letrado, contra BOSQUES NATURALES SA apelado - demandado, representado por el/la Procurador D. /Dña. MARIA CRISTINA PEREZ PERRINO y defendido por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 05/12/2016 .
Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
Por Juzgado de 1ª Instancia nº 03 de Alcobendas se dictó Sentencia de fecha 05/12/2016, cuyo fallo es el tenor siguiente:
"Se desestima la demanda interpuesta por Don Federico Briones Méndez, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de DON Pablo Y DOÑA Custodia contra BOSQUES NATURALES S.A. a la que se absuelve de las pretensiones de la demanda.
No imponen las costas a la parte actora."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por providencia de esta Sección, de fecha 27 de marzo de 2017, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 4 de abril de 2017
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la representación procesal de D. Pablo y Dª Custodia se promovió juicio ordinario frente a la entidad mercantil BOSQUES NATURALES S.A., instando que se dictase sentencia que declare la nulidad de los contratos factura nº NUM000 ; y nº NUM001, por infracción de los preceptos contenidos en Ley 43/2007 de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de restitución precio y se condene a la parte demandada a abonar a los actores la suma de 35.000 euros, abonados en su día, que debería verse incrementados con el interés legal desde el instante en que se materializaron los contratos y, subsidiariamente, se condene a la demandada a cumplir con lo dispuesto en el artículo 5 y Disposición Transitoria Unica de la Ley 43/2007 constituyendo en un plazo máximo de dos meses un seguro de caución o aval bancario que asegure a los actores la cuantía del importe de restitución de las cantidades aportadas a la firma del contrato, que se lo realizarse supondría la automática resolución de los contratos y la obligación para Bosques Naturales S.A. de indemnizarle a la actora con la devolución de las cantidades entregadas con los intereses legales correspondientes. Opuesta a la demandada la entidad interpelada, se dictó sentencia, inestimando los pedimentos deducidos en el escrito iniciador del pleito, decisión que es recurrida en apelación por la parte actora en solicitud de una sentencia que estime en su integridad la demanda, declarando la nulidad de los contratos suscritos con la demandada el 31 de mayo y 29 de diciembre de 2005 por infracción de los preceptos contenidos en la Ley 43/2007, condenando a la entidad demandada a estar y pasar por dicha declaración y a abonar a los actores la cantidad de 35.000 euros, más el interés legal desde que se materializaron los contratos. Se fundamenta dicha pretensión en la base impugnativa expuesta en el escrito de interposición del recurso de apelación, lo que delimita el ámbito del enjuiciamiento en esta instancia.
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