AAP Barcelona 252/2017, 24 de Julio de 2017
Ponente | MARIA DOLORES PORTELLA LLUCH |
ECLI | ES:APB:2017:4587A |
Número de Recurso | 518/2017 |
Procedimiento | Recurso de Queja |
Número de Resolución | 252/2017 |
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Paseo Lluís Companys, 14-16 - Barcelona - C.P.: 08018
TEL.: 934866050
FAX: 934866034
EMAIL:aps1.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801942120080427342
Recurso de Queja 518/2017 -B
Materia: Quejas art.2168 LEC
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Barcelona
Procedimiento de origen:Ejecución de títulos judiciales 691/2008
Parte recurrente/Solicitante: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA
Procurador/a:
Abogado/a: Ángel Gascón López
Parte recurrida: Abelardo
Procurador/a: Jaime-Luis Aso Roca
Abogado/a:
AUTO Nº 252/2017
Lugar: Barcelona
Fecha: 24 de julio de 2017
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por las Magistradas Doña Mª Dolors PORTELLA LLUCH, Doña Isabel Adela GARCÍA DE LA TORRE FERNÁNDEZ y Doña Patricia BROTONS CARRASCO, actuando la primera de ellas como Presidenta del Tribunal, ha visto el recurso de queja nº 518/17 interpuesto contra el auto de fecha 16 de mayo de 2017 dictado en el procedimiento nº 691/08, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Barcelona en el que es recurrente IBERIA INVERSIONES II LIMITED, y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.
Por la Procuradora Doña Mª. Teresa Aznarez Domingo, en nombre y representación de IBERIA INVERSIONES II LIMITED, se interpuso ante este Tribunal recurso de queja contra el auto de fecha 16 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Barcelona en el procedimiento nº 691/08.
La queja fue admitida a trámite en fecha 16 de junio de 2017, quedando pendiente de resolución. Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Doña Mª Dolors PORTELLA LLUCH.
Antecedentes.
Durante el procedimiento de ejecución 691/2008 instado por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria SA contra Abelardo se personó en autos la mercantil Iberia Inversiones II Limited peticionando fuera acordada la sucesión procesal al amparo de lo dispuesto en los artículos 17 y 540 LEC a cuyo efecto adjuntaba escritura de poder del procurador y testimonio notarial que acreditaba la cesión del crédito ejecutado.
El juzgado de instancia dictó auto en fecha 24 de abril de 2017 en el que denegaba esta sucesión procesal, decisión contra la que la mencionada entidad Iberia Inversiones presentó recurso de apelación cuya tramitación le fue desestimada por auto de 16 de mayo de 2017 .
Contra la expresada tramitación del recurso de apelación se ha interpuesto recurso de queja en el que la parte...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Barcelona 239/2017, 15 de Diciembre de 2017
...que este tipo de resoluciones son recurribles en apelación. Como señaló al respecto el AAP, Civil sección 1 del 24 de julio de 2017 (ROJ: AAP B 4587/2017 -ECLI:ES:APB:2017:4587A): " Constituye regla general en los procedimientos ejecutivos recogida en el artículo 562-1-2º LEC que la posibil......