SAP Valladolid 381/2017, 6 de Noviembre de 2017
Ponente | JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN |
ECLI | ES:APVA:2017:1273 |
Número de Recurso | 214/2017 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 381/2017 |
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
VALLADOLID
SENTENCIA: 00381/2017
Modelo: N10250
C.ANGUSTIAS 21
Tfno.: 983.413486 Fax: 983.413482
Equipo/usuario: MGR
N.I.G. 47186 42 1 2015 0019632
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000214 /2017
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de VALLADOLID
rocedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0001190 /2015
Recurrente: Carina
Procurador: ISMAEL SANZ MANJARRES
Abogado: AGUSTIN BOCOS MUÑOZ
Recurrido: Cosme, Macarena, Zaira, Imanol, Pelayo
Procurador: ANA ISABEL BORT MARCOS, SANTIAGO DONIS RAMON, JORGE RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS,,
Abogado: IGNACIO DE AZA BARAZÓN, MARIA FRANCISCA MARTIN IGLESIAS, SANTIAGO FERNANDEZ MANTECA,,
SENTENCIA Nº 381/2017
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. Magistrados: D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
En VALLADOLID, a seis de noviembre de dos mil diecisiete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO VERBAL 0001190 /2015, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de VALLADOLID, a los
que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000214 /2017, en los que aparece como parte DEMANDANTE-APELANTE : Carina, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. ISMAEL SANZ MANJARRES, asistido por el Abogado D. AGUSTIN BOCOS MUÑOZ, y como partes DEMANDADAS-APELADAS
: Cosme, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. ANA ISABEL BORT MARCOS, asistido por el Abogado D. Ignacio de Aza Barazón; Macarena, representado por el Procurador Sr. SANTIAGO DONIS RAMON y asistido por el Abogado Dª MARIA FRANCISCA MARTÍN IGLESIA; Zaira, representado por el Procurador Sr. JORGE RODRIGUEZ- MONSALVE GARRIGOS y defendido por el letrado D. SANTIAGO FERNÁNDEZ MANTECA; Imanol Y Pelayo, ambos en situación de rebeldía procesal, sobre desestimación demanda reclamación de alimentos.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 19-01-2017, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "QUE DEBO DESESTIMAR COMO DESESTIMO LA DEMANDA formulada por la representación de Dª Carina frente a Dª Macarena, D Cosme, Dª Zaira y D Imanol y D Pelayo, al no concurrir los requisitos exigidos legalmente para que pueda prosperar la acción ejercitada, sin imposición de las costas del procedimiento."
Notificada a las partes la referida sentencia, por el procurador Sr. Sanz Manjarres en representación del demandante se interpuso recurso de apelación dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 2 de noviembre de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente DON JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
Se recurre en autos, por la representación procesal de Dª Carina, la Resolución, Sentencia, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 12 de Valladolid de fecha de 19-1-17, que desestima la demanda deducida en reclamación de prestación de alimentos, frente a los demandados, sus hermanos D. Cosme, Macarena
, Zaira, Imanol y Pelayo, en la cuantía total de 600 € mensuales, por causa de necesidad, recurriéndose por esa representación referida Sentencia por considerar si concurren los requisitos legales establecidos en nuestro Código civil, para ser acreedora de referida prestación a cargo de sus hermanos demandados.
Efectivamente, sostiene y mantiene la demandante apelante Dª Carina, nacida en fecha de NUM000 -64, que si situación personal es de grave carencia económica, sin apenas recursos económicos para subvenir a sus propias necesidades básicas, al encontrarse gravemente enferma: en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba