AAP Zaragoza 7/2018, 8 de Enero de 2018
Ponente | FRANCISCO JOSE PICAZO BLASCO |
ECLI | ES:APZ:2018:6A |
Número de Recurso | 1039/2017 |
Procedimiento | Cuestión de competencia |
Número de Resolución | 7/2018 |
Fecha de Resolución | 8 de Enero de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA
SECCIÓN SEXTA
ROLLO DE APELACIÓN (CC) Nº 1039/2017 AUTO 7/2018
ILMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ
MAGISTRADOS
D. CARLOS LASALA ALBASINI
D. FRANCISCO JOSE PICAZO BLASCO
En la ciudad de Zaragoza, a ocho de enero de dos mil dieciocho.
UNICO . - Por esta Sección de esta Audiencia Provincial en rollo num. 1039-17 se dictó auto de fecha 8 de enero que DECLARABA LA COMPETENCIA DE ESTA AUDIENCIA PROVINCIAL para el conocimiento del recurso de reforma y subsidiaria apelación interpuesto por la representación procesal de Julián frente al auto de fecha 2 de octubre de 2017 dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Aragón que desestimaba el recurso interpuesto por dicho recurrente contra el Acuerdo de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de fecha 22 de junio de 2017 por el que se acordaba la continuidad en segundo grado del citado recurrente. Ha sido Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSE PICAZO BLASCO quien expresó el parecer de la Sala.
Frente a lo afirmado por la dirección letrada del recurrente las fechas de cumplimiento de las tres cuartas partes y del licenciamiento definitivo no tienen lugar en agosto de 2017 y el 11 de marzo del corriente año, sino el 4 de febrero y 7 de noviembre de este año 2018, lo que a la fecha de petición de la progresión de grado en sede administrativa, 22 de junio de 2017, hace que aún restaran siete meses para dicho cumplimiento de las tres cuartas partes y diecisiete para el licenciamiento, cosa que evidencia lo anticipado de tal petición, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de ser reproducida. Se rechaza el recurso.
Se declaran de oficio las costas del recurso ex. art. 109 C. penal y 239 y 240 L.E.Cr .
VISTOS los preceptos citados y demás de general aplicación
DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por la representación de Julián frente al auto de fecha 2 de octubre de 2017 dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Aragón que desestimaba el recurso interpuesto por dicho recurrente contra el Acuerdo de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de 22 de junio de 2017 por el que se acordaba la continuidad en segundo grado del citado recurrente y CONFIRMAR el mismo,...
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