SAP Barcelona 152/2018, 9 de Marzo de 2018

PonenteMIREIA RIOS ENRICH
ECLIES:APB:2018:1993
Número de Recurso600/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución152/2018
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 935672160

FAX: 935672169

EMAIL:aps4.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120168003215

Recurso de apelación 600/2017 -J

Materia: Juicio verbal desahucio

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 02 de Barcelona

Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 39/2016

Parte recurrente/Solicitante: Flor, Silvia

Procurador/a: Cristina Baides Sallent, Ruben Villen Roca

Abogado/a: Maria Ferre Martinez, Santiago Marfa Vilanova

Parte recurrida: IGNORADOS OCUPANTES C/ DIRECCION000, NUM000 - NUM001, NUM002 . NUM003 DE BARCELONA, BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.

Procurador/a: Jaime-Luis Aso Roca

Abogado/a: MIGUEL PAZOS MOYA

SENTENCIA Nº 152/2018

Magistrados:

Vicente Conca Perez

Jordi Lluís Forgas Folch

Mireia Rios Enrich

Barcelona, 9 de marzo de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 27 de abril de 2017 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 39/2016 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 02 de Barcelona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Ruben Villen Roca, en nombre y representación de Flor -respectivamente, contra Sentencia - 28/11/2016 y en el que consta como parte impugnante la procuradora

Sra. CRISTINA BAIDES SALLENT en representación de Silvia y como apelada el/la Procurador/a Jaime-Luis Aso Roca, en nombre y representación de BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., e IGNORADOS OCUPANTES C/ DIRECCION000, NUM000 - NUM001, NUM002 . NUM003 DE BARCELONA, .

Segundo

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:

Se estima íntegramente la demanda presentada por BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.,y en consecuencia acuerdo el desahucio de la FINCA SITA EN CALLE DIRECCION000, NUM000 - NUM001, NUM002 NUM003 DE BARCELONA de Dª Flor, y de Dª Silvia y AQUELLOS OTROS IGNORADOS OCUPANTES, debiendo dejarla libre, vacua y expedita a favor de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento en la fecha en que al efecto se señale.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 06/03/2018. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada Mireia Rios Enrich .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Posiciones de las partes, decisión de la juez y recurso.

BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. presenta demanda de juicio verbal de desahucio por precario contra los IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en la calle DIRECCION000 número NUM000 - NUM001, NUM002, NUM003, de BARCELONA, en la que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que considera de aplicación, solicita se dicte sentencia por la que se declare que los demandados ocupan la vivienda en situación de precario, y dando lugar al desahucio, se condene a los referidos demandados a que, en el término legal, la dejen totalmente libre, vacua y expedita y a disposición de la demandante, apercibiéndoles de lanzamiento e imponiéndoles las costas del procedimiento.

Admitida a trámite la demanda, comparecen DOÑA Flor y DOÑA Silvia debidamente representadas por Procurador y defendidas por Letrado, las cuales se oponen a la demanda presentada alegando la falta de legitimación activa de la demandante y la existencia de un contrato de arrendamiento.

La sentencia de primera instancia estima la demanda deducida por BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. contra DOÑA Flor, DOÑA Silvia y los IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en la calle DIRECCION000 número NUM000 - NUM001, de BARCELONA, condena a los demandados a restituir la posesión de la finca a su legítimo propietario, dejándola libre, vacua y expedita, con el apercibimiento de que si no la abandonan voluntariamente serán lanzados del lugar, imponiendo a...

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