SAP Barcelona 248/2018, 20 de Abril de 2018
Ponente | MIREIA RIOS ENRICH |
ECLI | ES:APB:2018:2854 |
Número de Recurso | 738/2017 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 248/2018 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013
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N.I.G.: 0812142120168076794
Recurso de apelación 738/2017 -J
Materia: Juicio verbal precario
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Mataró
Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 509/2016 Parte recurrente/Solicitante: Isabel
Procurador/a: Mª Isabel Pereira Mañas
Abogado/a: Claudia Miranda Cerri
Parte recurrida: Socorro, LOS IGNORADOS OCUPANTES
Procurador/a: Beatriz De Miquel Balmes
Abogado/a: Irina Monroy Gil-Ortega
SENTENCIA Nº 248/2018
Magistrados:
Marta Dolores del Valle Garcia
Jordi Lluís Forgas Folch
Mireia Rios Enrich
Barcelona, 20 de abril de 2018
En fecha 24 de mayo de 2017 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 509/2016 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Mataró a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Mª Isabel Pereira Mañas, en nombre y representación de Isabel contra Sentencia - 22/02/2017 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Beatriz De
Miquel Balmes, en nombre y representación de Socorro, Y LOS IGNORADOS OCUPANTES C/ DIRECCION000 NUM000 URB. DIRECCION001, premià de Dalt.
El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta en fecha 18 de abril de 2.016 por el/la Procurador/a de los Tribunales BEATRIZ DE MIGUEL BLAMES en nombre y representación de Socorro contra IGNORADOS OCUPANTES DE LA FINCA SITA EN LA TRAVESIA DIRECCION000 Nº NUM000, URBANIZACIÓN DIRECCION001, PREMIA DE DALT y,
Debo condenar y condeno a la parte demandada a desalojar la finca sita en TRAVESIA DIRECCION000 Nº NUM000, URBANIZACIÓN DIRECCION001, PREMIA DE DALT objeto de los presentes autos y a dejarla libre, vacua y expedita a disposición de la parte actora bajo apercibimiento de que caso de no efectuarlo se procederá a su lanzamiento y desalojo, previa solicitud de ejecución de la presente resolución, todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 17/04/2018. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente a la Magistrada Dª. Mireia Rios Enrich .
Posiciones de las partes, decisión del juez y recurso .
DOÑA Socorro presenta demanda de juicio verbal de desahucio por precario frente a los IGNORADOS OCUPANTES de la finca sita en TRAVESIA DIRECCION000 número NUM000, URBANIZACIÓN DIRECCION001
, de PREMIÁ DE DALT.
Comparece DOÑA Isabel y solicita el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita y la suspensión del curso de los autos.
Designados abogado y procurador del turno de oficio, presenta escrito de contestación a la demanda en el que alega: 1) DOÑA Isabel pensaba que la vivienda pertenecía a una entidad financiera, no a la actora, creía que estaba deshabitada por lo que el estado deplorable en el que se hallaba la vivienda consideró justo título de su ocupación y procedió a empadronarse sin problemas junto con las personas con las que convive; 2) la actora ha hecho dejación de su derecho por lo que es de aplicación el artículo 460 del Código Civil ; 3) prescripción de la acción ejercitada conforme a los artículos 1944 y 1968.1 del Código Civil .
Se celebra vista y se dicta sentencia el día 22 de febrero de 2017.
La sentencia de primera instancia estima la demanda deducida por DOÑA Socorro contra los IGNORADOS OCUPANTES de la finca sita en TRAVESIA DIRECCION000, número NUM000, URBANIZACIÓN DIRECCION001 de PREMIÁ DE DALT, declara el desahucio por precario y condena a la parte demandada a dejar la vivienda libre y expedita y a disposición de la actora dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento, imponiendo a la parte demandada las costas del procedimiento.
Frente a dicha resolución, la representación procesal de DOÑA Isabel interpone recurso de apelación formulando una serie de motivos de impugnación que seguidamente pasamos analizar.
La parte demandante impugna el recurso y solicita la confirmación íntegra de la resolución recurrida, con imposición de costas a la parte apelante.
Falta de litisconsorcio pasivo necesario. No concurre .
Como primer motivo de recurso, la parte apelante alega la excepción de falta de...
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