SAP Valencia 29/2018, 29 de Enero de 2018

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2018:109
Número de Recurso611/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución29/2018
Fecha de Resolución29 de Enero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000611/2017

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 29

SECCIÓN SÉPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

DOÑA Mª CARMEN ESCRIG ORENGA.

Magistrados/as

DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

DOÑA MARÍA IBÁÑEZ SOLAZ.

En la Ciudad de Valencia, a veintinueve de enero de dos mil dieciocho.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000466/2011, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE XÀTIVA, entre partes; de una como demandantes - apelante/s Ignacio, Remigio, Jesús Luis, Carmelo y Raimunda, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. PABLO LLORENTE SÁNCHEZ y representado por el/la Procurador/ a D/Dª ALEJANDRINA BOSCA CASTELLO, y de otra como demandados - apelado/s Imanol, dirigido por el/ la letrado/a D/Dª. FRANCISCO REAL CUENCA y representado por el/la Procurador/a D/Dª FRANCISCO JOSÉ REAL MARQUES y TORMOS IBORRA SL, CONSTRUCCIONES R SERRANO SL y Teofilo que no han comparecido en este procedimiento.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

ANTECEDENTES DE HECHO

:

PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE XÀTIVA, con fecha 17 de julio de 2015, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO:Que estimando la excepción de prescripción alegada por la Procuradora de los Tribunales Dª Tatiana Descals Vidal, en nombre y representación de Teofilo, y por la Procuradora de los Tribunales Dª Pilar Torregrosa Medina, en nombre y representación de Imanol ; procede desestimar la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª Alejandrina Boscá Castelló, en nombre y representación de Ignacio, Remigio

, Jesús Luis, Carmelo y Raimunda, contra Teofilo y Imanol, absolviendo a los indicados demandados de todos los pedimentos contra ellos contenidos en la demanda. Todo ello, sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes. Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª Alejandrina Boscá Castelló, en nombre y representación de Ignacio, Remigio, Jesús Luis, Carmelo y Raimunda, contra Tormos Iborra S.L. representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª

José Diego Vicedo, y contra Construcciones R. Serrano S.L., declarada en rebeldía, sobre reclamación de daños y perjuicios; debo condenar y condeno a las referidas mercantiles demandadas a abonar a la parte actora la cantidad de 27.767,93 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda. Todo ello, sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de los demandantes se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 24 de enero de 2018 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

:

PRIMERO

Por la representación procesal de los demandantes, Sr. Ignacio y otros, se interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia, estimatoria parcial de la demanda, al considerar no ajustado el pronunciamiento que estima la excepción de prescripción respecto al demandado, D. Imanol, por lo que interesa su revocación y se dicte otra que lo condene solidariamente al pago de 27.767,93 € a que asciende las reparaciones a realizar en las viviendas.

Los antecedentes procesales que se consignan al efecto de delimitar el ámbito del recurso son los siguientes:

  1. Los demandantes, propietarios de las viviendas nº NUM000, NUM001, NUM002 y NUM003 de la AVENIDA000 de Vallada, reclaman el importe de 33.988,43 € que es el presupuesto de reparación de los daños producidos en sus viviendas a consecuencia del hundimiento parcial de las terrazas provocado por la disgregación del terreno a consecuencia de una fuga de agua en la acometida a la altura del nº NUM000, ocurrido el día 11 de octubre de 2006; dirige la demanda contra la promotora de las viviendas, Tormo Iborra S.L., la constructora, Construcciones R. Serrano S.L., el arquitecto autor del proyecto y director de obra, D. Teofilo

, y el arquitecto técnico, D. Imanol ; b) Los demandados, Tormo Iborra S.L., Teofilo y Imanol, se personaron y contestaron a la demanda, planteando, en lo que respecta a este recurso, la excepción de prescripción con fundamento en el artículo 18.1 de la LOE que establece un plazo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Valencia 660/2018, 20 de Diciembre de 2018
    • España
    • 20 Diciembre 2018
    ...en su caso la habitabilidad por lo que deben entenderse incluidas en el apartado b) del artículo 17 LOE . Como recoge la SAP, Valencia sección 7 del 29 de enero de 2018 (ROJ: SAP V 109/2018) corresponde al juzgador de instancia determinar la fecha de inicio del cómputo prescriptivo. Consta ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR