SAP Madrid 91/2018, 27 de Febrero de 2018
Ponente | MIRIAM IGLESIAS GARCIA-VILLAR |
ECLI | ES:APM:2018:3566 |
Número de Recurso | 745/2017 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 91/2018 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimotercera
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 3 - 28035
Tfno.: 914933911
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2016/0153306
Recurso de Apelación 745/2017
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 21 de Madrid
Autos de Juicio verbal (Desahucio falta pago - 250.1.1) 916/2016 APELANTE: D./Dña. Justino
PROCURADOR D./Dña. MIGUEL ZAMORA BAUSA
D./Dña. Reyes
IGNORADOS OCUPANTES INMUEBLE DE LA CALLE000, Nº NUM000, NUM001 NUM002 . CREDIFIMO
SENTENCIA Nº 91/2018
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMO. SR. PRESIDENTE
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS
Dña. Mª CARMEN ROYO JIMÉNEZ
Dña. MIRIAM IGLESIAS GARCÍA VILLAR
Siendo Magistrada Ponente Dña. MIRIAM IGLESIAS GARCÍA VILLAR
En Madrid, a veintisiete de febrero de dos mil dieciocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre Desahucio, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 21 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada UNIÓN DE CRÉDITO PARA LA FINANCIACIÓN MOBILIARIA E INMOBILIARIA, CREDIFIMO, ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO, S.A (SOCIEDAD UNIPERSONAL), representada por la Procuradora Dª. Elena Medina Cuadros y asistida del Letrado D. Ginés Jesús Navarro
Milián, y de otra, como demandado-apelante Justino, representado por el Procurador D. Miguel Zamora Bausa y asistido de la Letrada Dª. María del Rocío Benimeli Ruiz.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 21, de Madrid, en fecha veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete, se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de la mercantil UNION DE CREDITO PARA LA FINANCIACIÓN MOBILIARIA E INMOBILIARIA, CREDIFIMO, ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITO, S.A., frente a los IGNORADOS OCUPANTES, personado D. Justino, y declarada en situación de rebeldía Dña. Reyes se declara haber lugar al desahucio por precario del inmueble sito en la localidad de Madrid, en la CALLE000, número NUM000, planta NUM003
, puerta NUM002 con expresa condena en costas a la parte demandada".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha tres de noviembre de dos mil diecisiete, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintiuno de febrero de dos mil dieciocho .
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los siguientes.
Por la representación de DON Justino se interpuso...
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ATS, 15 de Julio de 2020
...dictada con fecha 27 de febrero de 2018 por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimotercera, en el recurso de apelación n.º 745/2017, dimanante del juicio verbal de desahucio por precario n.º 916/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 21 de Mediante diligencia de ordenación de l......