SAP Ávila 45/2018, 12 de Abril de 2018

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
ECLIES:APAV:2018:153
Número de Recurso8/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución45/2018
Fecha de Resolución12 de Abril de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00045/2018

PL/ DE LA SANTA NÚM 2

Teléfono: 920-21.11.23

Equipo/usuario: EQ8

Modelo: N545L0

N.I.G.: 05014 41 2 2017 0000938

ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000008 /2018

Delito/falta: LESIONES

Recurrente: Gumersindo

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Este Tribunal unipersonal compuesto por el Magistrado de esta Audiencia, Iltmo. d. jesus garcia garcia, ha pronunciado en

NO MBR E DEL REY

la siguiente:

SENTE NCIA NÚMERO 45/18

En la ciudad de Ávila, a 12 de abril de 2018.

Vistos en grado de apelación los autos de Juicio sobre delitos leves nº 53/17 procedentes del Juzgado de Instrucción nº 1 de Arenas de San Pedro, siendo parte apelante Gumersindo y parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTEC EDENTES DE HECHO

PRIME RO.- Con fecha 29 de noviembre de 2017, el Juzgado de Instrucción nº 1 de Arenas de San Pedro dictó sentencia declarando probados los siguientes hechos: "Único.- Ha quedado acreditado que alrededor de

las 22:30 horas del 29 de julio de 2017, a la altura de la calle Arturo Duperier nº 40 de la localidad de Pedro Bernardo, Gumersindo agredió con una navaja a Justiniano, ocasionándole varios cortes. Que, por estos hechos, Justiniano sufrió lesiones consistentes en laceración incisa de 2 cm. en antebrazo izquierdo y erosión periumbilical abdominal, que requirieron para su sanidad, además de una única asistencia facultativa, de un día durante el cual tuvo un perjuicio moderado por pérdida temporal de calidad de vida, y 5 días de perjuicio personal básico. "

Y cuyo fallo dice lo siguiente: "Condenar a Gumersindo como autor responsable de un delio leve de lesiones a la pena de 45 días de multa, con una cuota diaria de 8 euros (360 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del CP en caso de impago, así como a indemnizar a Justiniano en la cantidad de 245 euros. Además deberá afrontar el pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la expresada Sentencia interpuso recurso de apelación Gumersindo .

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales.

HECHO S PROBADOS

UNICO.- SE ACEPTAN los recogidos de la sentencia recurrida, que se dan aquí por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTA la calificación jurídica que de los hechos probados se realiza en la instancia, pues son legalmente constitutivos de un delito leve de lesiones, previsto y penado...

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