SAP Valencia 238/2018, 15 de Mayo de 2018

PonenteJUAN CARLOS MOMPO CASTAÑEDA
ECLIES:APV:2018:1506
Número de Recurso70/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución238/2018
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

ROLLO Nº 70/2018.- SENTENCIA Nº 238/2018

SECCIÓN OCTAVA

===========================

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D JUAN CARLOS MOMPO CASTAÑEDA.- Magistrados/as

D VALENTIN BRUNO RUIZ FORT.-D RAFAEL JUAN JUAN SANJOSÉ.-===========================

En la ciudad de VALENCIA, a quince de mayo de dos mil dieciocho.-Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN CARLOS MOMPO CASTAÑEDA, los autos de Juicio Verbal, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de VALENCIA, con el nº 1741/2016, por CONTRASA 2009 S.L. representada en esta alzada por la Procuradora Dª. HERMINIA ARNAU ARNAU y dirigido por el Letrado D. JORGE GARRIDO REQUENA contra LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL GARAJE DE LA CALLE000 NUM NUM000 Y DIRECCION000 NUM NUM001 DE VALENCIA representada en esta alzada por la Procuradora Dª. Mª GABRIELA COLLADO RODRÍGUEZ y dirigido por el Letrado D. DARÍO MARCOS SAN FRANCISCO BORJA, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por CONTRASA 2009 SL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 7 de VALENCIA, en fecha 6 de Octubre de 2017, contiene el siguiente: "FALLO: " Desestimando la demanda de desahucio por precario interpuesta por la Procuradora Dña. Herminia Arnau Arnau en nombre y representación de Contrasa 2.009 S.L. debiendo absolver a la comunidad de propietarios del garaje de la CALLE000 nº NUM000 y DIRECCION000 nº NUM001 de Valencia de todos los pedimentos deducidos de contrario. Debiendo condenar y condenando a Contrasa 2.009 S.L. al pago de las costas procesales causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por CONTRASA 2009 SL, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 14 de Mayo de 2018.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de CONTRASA 2009 S.L. interpuso demanda de juicio verbal de desahucio por precario en la solicitaba se dictara sentencia condenando a la demandada a desalojar el cuarto interior del inmueble sito en la calle DIRECCION000 nº NUM001 de Valencia y subsidiariamente en caso que se entendiera que se deben dejar los cuadros de mando donde están que se condenara a la demandada a construir un armario de obra de un metro de ancho con una puerta de acceso directo desalojando el resto del cuarto. Alegaba resumidamente tras justificar su adquisición de la propiedad de inmueble sito en la calle DIRECCION000 nº NUM001 que se encuentra gravado con dos servidumbres de paso a favor de los dos garajes que acceden a los mismos por este inmueble siendo un el de la demandada y asimismo con una servidumbre a favor de Iberdrola puesto que hay ubicado un centro de transformación. Pero también existe un pequeño local de 34 m2 que esta siendo ocupado por la Comunidad demandada que ha instalado vigilantes del garaje y además unos cuadros de mando sin titulo para ocuparlo pues la servidumbre de paso no les habilita para ocupar de ahí que solicita el desahucio de dicho local.

La representación de la parte demandada se opuso alegando en primer lugar inexistencia de buena fe pues CONTRASA 2009 S.L. no es persona ajena a Construcciones Guijarro S.A. (en adelante CGSA) sino que están vinculados como se desprende de los correos aportados en el documento cuatro de la demanda. En segundo lugar invoca abuso de derecho pues dicha zona fue adscrita por la Promotora C.G.S.A. al propio garaje para dotarlo de todas las instalaciones necesarias para obtener licencia de obras y posterior licencia de actividad, aportando plano del inmueble, licencia de obras, de actividad y copia parcial del proyecto de ejecución.

Tras celebrarse el juicio se dicto sentencia desestimando la demanda. El juzgador tras valorar la prueba practicada, haciendo referencia al interrogatorio del legal representante de la actora, del testigo D. Gervasio, del administrador de la comunidad del garaje, a su Presidente y al titular de una de las plazas de aparcamiento concluye que "todos ellos coinciden que cuando la propiedad o la unidad productiva es adquirida por CONTRASA 2009 S.L. de Construcciones Guijarro S.A. la situación, el aprovechamiento de local litigioso, los servicios que en él se ubican son los mismos que los actuales, por lo que este nada distinto ha adquirido la demandante de lo que ya ostentaba la anterior propiedad" y más adelante concluye que "si con ocasión del acondicionamiento del garaje se dispusieron las servidumbres y la configuración del cuarto para los servicios que ostenta dicha comunidad de propietarios, no puede tratarse ahora como una mera ocupación sin título ni pago de merced o renta que la justifique".

Contra dicha sentencia interponer recurso de apelación la representación de CONTRASA 2009 S.L. alegando como primer motivo de apelación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Valencia 19/2019, 14 de Enero de 2019
    • España
    • January 14, 2019
    ...A PROPÓSITO DEL JUICIO DE DESAHUCIO POR PRECARIO. Aparece recogida en sentencia de esta Sección 8ª del 15 de mayo de 2018 (ROJ: SAP V 1506/2018 ; Sentencia: 238/2018 Recurso: 70/2018 ) donde dijimos A propósito del juicio verbal de desahucio por precario dijo esta Sala en sentencia del 19 d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR