SAP Barcelona 256/2018, 16 de Mayo de 2018

PonenteANTONIO GOMEZ CANAL
ECLIES:APB:2018:4297
Número de Recurso87/2016
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución256/2018
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866150

FAX: 934867109

EMAIL:aps11.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120148258266

Recurso de apelación 87/2016 -C

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona

Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 992/2014

Parte recurrente/Solicitante: COMUNIDAD PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 - NUM001 BARCELONA,

Procurador/a: Joan Josep Cucala Puig

Abogado/a: MONTSERRAT MUSTIENES MONTERO

Parte recurrida: PLANTACION S,A,

Procurador/a: Raquel Palou Bernabe

Abogado/a: ANGEL MARTIN PEÑA

SENTENCIA Nº 256/2018

Don Josep Maria Bachs Estany (Presidente)

Don Antonio J. Martínez Cendán

Don Antonio Gomez Canal (Ponente)

En Barcelona, a 16 de Mayo de 2018.

La Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Barcelona formada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba identificados ha visto en grado de apelación los autos de JUICIO ORDINARIO 992/14 sobre propiedad horizontal seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 38 de los de Barcelona por demanda de PLANTACIÓN S.A., representada por la Procuradora sra. Palou y asistida por el Letrado sr. Martín, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS constituida en régimen de propiedad horizontal sobre el edificio sito en la CALLE000 Nº NUM000 - NUM001 de BARCELONA, representada por el Procurador sr. Cucala y defendida por la Abogada sra. Mustienes, y que penden ante nosotros por virtud del recurso interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en dichas actuaciones en fecha 20 de octubre de 2.015 y pronuncia la presente resolución en base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

RESOLUCIÓN RECURRIDA.

En el juicio ordinario 992/14 tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia número 38 de los de Barcelona recayó Sentencia el día 20 de octubre de 2.015 cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la entidad PLANTACIÓN S.A., declaro que los coeficientes de participación que corresponden al inmueble Tienda 1ª, sito en los bajos del Edificio ubicado en la CALLE000 Nº NUM000 - NUM001 de Barcelona, y que consta inscrito en el Registro de la Propiedad nº 3 de Barcelona, al tomo NUM002, libro NUM003 de la sección de sants-4, folio NUM004, finca nº NUM005

; son un coeficiente general de tres enteros por cientos; y un coeficiente general de escalera de nueve enteros y nueve centésimas por ciento, con desestimación del resto de los pedimentos y sin imposición de las costas a ninguna de las partes."

Segundo

LAS PARTES EN EL RECURSO.

Contra dicha resolución la interpelada interpuso recurso de apelación al que se opuso la actora en el traslado conferido al efecto. A continuación las partes fueron emplazadas ante la Superioridad y ambas comparecieron en tiempo y forma.

Tercero

TRAMITACIÓN EN LA SALA.

Recibidos los autos en esta Sección, sin necesidad de celebración de vista, el día 9 de mayo de 2.018 tuvo lugar la sesión de deliberación, votación y fallo.

Cuarto

CUMPLIMIENTO DE LOS TRÁMITES.

En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor a excepción del plazo global de duración debido al cúmulo de asuntos que penden ante esta Sección.

Expresa la decisión del Tribunal el magistrado don Antonio Gomez Canal, que actúa como ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 - NUM001 DE BARCELONA CONTRA LA SENTENCIA DE 20 DE OCTUBRE DE 2.015 .

  1. Antecedentes fácticos y procesales.

    1. - Mediante escritura pública de 14 de octubre de 1.986 CAHISPA, S.A. DE SEGUROS DE VIDA, propietaria del inmueble sito en Barcelona conformado por tres bloques diferenciados con entradas independientes por la AVENIDA000 nº NUM006 - NUM007, CALLE000 nº NUM008 y CALLE000 nº NUM000 - NUM001, lo divide en régimen de propiedad horizontal, con el consiguiente acceso al Registro de la Propiedad nº 3 de Barcelona, debiendo destacar a efectos de la resolución del presente litigio lo siguiente (documento 1 de la contestación a los folios 115 y ss.):

      a.- las entidades comerciales números 42 y 83 se corresponden con las tiendas 1ª de la CALLE000 nº NUM008 y nº NUM000 - NUM001, respectivamente,

      b.- cada uno de esos departamentos tiene asignado un doble coeficiente de participación en los gastos generales: - de la Comunidad global, del 1,99% el nº 42 y del 4,77% el nº 83 y - de la respectiva escalera del 6,35% el nº 42 de la CALLE000 nº NUM008 y del 13,74% el nº 83 de la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 .

      c.- los propietarios de los locales comerciales lindantes, como era el caso de las entidades nº 42 y 83 por uno de sus lados, quedaban autorizados, sin necesidad de contar con el consentimiento del resto de copropietarios, para modificar la configuración interior, incluida la respectiva superficie asignada a cada entidad, con la condición de que ello no afecte a los elementos comunes del inmueble "ni implique modificación del título constitutivo del régimen de propiedad horizontal con relación a los demás elementos registrales que integran el inmueble".

    2. - Mediante escritura pública 12 de marzo de 1.987 la entonces propietaria de las dos entidades de continua referencia, Bansander de Leasing, S.A., las agrupa y subdivide asignando a cada una de las resultantes los siguientes coeficientes de participación en los gastos generales (documentos 9 a 13 de la demanda): - de la Comunidad global, del 3,76% el nº 42 y del 3% el nº 83 y - de la respectiva escalera del 11% el nº NUM009 de la CALLE000 nº NUM008 y del 9,09% el nº NUM010 de la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 .

    3. - Mediante escritura pública de 27 de abril de 1.993 PLANTACIÓN, S.A. adquiere la entidad nº 83 en ejercicio del derecho de opción de compra otorgado por Bansander de Leasing, S.A. en escritura pública 12 de marzo de 1.987 (documentos 1 y 2 de la demanda).

    4. - La Comunidad de propietarios así como la subcomunidad de la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 han venido calculando los gastos generales y de escalera contra la entidad nº 83 conforme a los coeficientes recogidos en el título constitutivo de 14/10/86 lo que ha generado la oposición de PLANTACIÓN, S.A. y consiguiente presentación de la demanda rectora del presente proceso ante el Decanato de Barcelona en la que interesó:

      "

      1. Se declare que los coeficientes de participación que corresponden al inmueble Tienda 1ª, sito en los bajos del edificio ubicado en la CALLE000 nº NUM000 - NUM001, de esta ciudad, y que consta inscrito en el Registro de la Propiedad nº 3 de los de Barcelona, al Tomo NUM002, Libro NUM003 de la sección de...

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