SAP Badajoz 425/2017, 4 de Diciembre de 2017
Ponente | FERNANDO PAUMARD COLLADO |
ECLI | ES:APBA:2017:1122 |
Número de Recurso | 485/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 425/2017 |
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00425/2017
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de BADAJOZ
Modelo: 1280A0
AVDA. COLÓN Nº 8,2ª PLANTA
- Tfno.: 924284238-924284241 Fax: FAX 924284275
Equipo/usuario: 05
N.I.G. 06015 37 1 2017 0200339
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000485 /2017
Juzgado de procedencia: JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ Procedimiento de origen: OR5 ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0000054 /2017 Recurrente: BANCO POPULAR S.A. BANCO POPULAR S.A.
Procurador: MARIA YOLANDA PALACIOS JIMENEZ
Abogado: MARIA JOSE COSMEA RODRIGUEZ
Recurrido: Valentín
Procurador: MARIA GUADALUPE ALONSO DIAZ
Abogado: EVA MARIA GARCIA ALEGRE
S E N T E N C I A N U M: 425/2017
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRISIMO SR
PRESIDENTE
D. ISIDORO SANCHEZ UGENA.
MAGISTRADOS
D. FERNANDO PAUMARD COLLADO
D. JUAN MANUEL CABRERA LOPEZ.
BADAJOZ, a cuatro de diciembre de dos mil diecisiete.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0000054 /2017, seguidos en el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000485 /2017; seguidos entre partes, de una como recurrente/s D/Dª. BANCO POPULAR S.A. BANCO POPULAR S.A., representado/s por el/la Procurador/a D/Dª MARIA YOLANDA PALACIOS JIMENEZ, dirigido/s por el Abogado D. MARIA JOSE COSMEA RODRIGUEZ, y de otra como recurrido/s D/Dª. Valentín, representado/s por el/la Procurador/a D/Dª MARIA GUADALUPE ALONSO DIAZ y dirigido/s por el/la Abogado/a D/ª EVA MARIA GARCIA ALEGRE. Actúa como Ponente, el/la Iltmo/a. Sr/Sra. D/ª FERNANDO PAUMARD COLLADO.
Por el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ, se dictó sentencia de fecha 2-5-17, cuya parte dispositiva, dice:
"FALLO:
Que estimando íntegramente la demanda formulada por Don Valentín, representado por la Procuradora Sra. Alonso Díaz y asistida por la letrada Sra. García Alegre contra Banco Popular Español S.A., representada por la Procuradora Sra. Palacios Jiménez y asistida por la letrada Sra. Cosmea Rodríguez, debo:
-
Declarar la nulidad de la cláusula incluida en la escritura firmada por el demandante, que establece un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia con sus consecuencias y efectos restitutorios dese la fecha de su celebración según se determine en ejecución de sentencia en cuanto a las cantidades a devolver al actor.
-
-Condenar a la demandada a eliminar dicha cláusula del contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes con sus consecuencias y efectos restitutorios desde la fecha de su celebración según se determine en ejecución de sentencia en cuanto a las cantidades a devolver al actor.
-
- Todo ello con imposición de costas a la parte demandada."
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.
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