SAP Madrid 425/2017, 30 de Noviembre de 2017

PonenteJOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA
ECLIES:APM:2017:15491
Número de Recurso390/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución425/2017
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL CIVIL DE MADRID

SECCIÓN DUODÉCIMA

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 3 - 28035

Tfno.: 914933837

37007740

N.I.G.: 28.079.42.2-2013/0020930

Recurso de Apelación 390/2017

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 51 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 146/2013

APELANTE/DEMANDANTE: D. Pablo Jesús

PROCURADOR Dña. SILVIA VÁZQUEZ SENIN

APELADOS/DEMANTES: D. Constantino y Dña. Otilia

PROCURADOR Dña. PILAR GEMMA PINTO CAMPOS

APELADO/DEMANDADO : MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA PROCURADOR D. IGNACIO RODRÍGUEZ DÍEZ

APELADO/DEMANDADO : REALE AUTOS Y SEGUROS GENERALES S.A. (INCOMPARECIDO) SENTENCIA Nº 425/2017

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA

D. FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

Dña. CRISTINA DOMENECH GARRET

En Madrid, a treinta de noviembre de dos mil diecisiete.

La Sección Duodécima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 146/2013 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 51 de Madrid a instancia de D. Pablo Jesús apelantedemandante, representado por la Procuradora Dña. Silvia Vázquez Senín contra Dña. Otilia y D. Constantino apelados-demandantes representados por la Procuradora Dña. Gemma Pinto Campos y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA apelada-demandada representada por el Procurador

D. Ignacio Rodríguez Díez y REALE AUTOS Y SEGUROS GENERALES S.A. apelado-demandado que no comparece en esta instancia, sobre reclamación de cantidad; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 24/11/2016 .

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

VISTO, Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia nº 51 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 24/11/2016, cuyo fallo es el tenor siguiente: " Que, estimando parcialmente la demanda formulada por DÑA Otilia, representada por el Procurador de los Tribunales DÑA GEMA PINTO CAMPOS y asistidos por el Letrado DÑA LAURA AMEZCUA RAMÓN, contra REALE AUTOS SEGUROS GENERALES S.A., representada por el Procurador de los Tribunales DÑA MARÍA SOLEDAD RUIZ BULLIDO, y asistida del Letrado D. HERMINIO MARTÍNEZ GIL, debo condenar y condeno a la citada entidad a pagar a la demandante la suma de 1.387,67 euros, más los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y sin hacer expresa imposición en materia de costas procesales. Que, desestimando la demanda formulada por D. Constantino, representado por el Procurador de los Tribunales DÑA GEMA PINTO CAMPOS y asistido por el Letrado DÑA LAURA AMEZCUA RAMÓN, contra REALE AUTOS SEGUROS GENERALES S.A., representada por el Procurador de los Tribunales DÑA MARÍA SOLEDAD RUIZ BULLIDO, y asistida del Letrado D. HERMINIO MARTÍNEZ GIL, debo absolver y absuelvo al citado demandado de los hechos aducidos en la demanda, y con expresa imposición de las costas causadas a la parte actora. Por último, desestimando la demanda formulada por D. Pablo Jesús, representado por la Procuradora de los Tribunales DÑA SILVIA VÁZQUEZ SENÍN, y asistido del Letrado D. PEDRO MARÍN SÁNCHEZ, contra MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, representada por el Procurador de los Tribunales D. IGNACIO RODRÍGUEZ DÍEZ y asistida del Letrado D. ÓSCAR DE ANDRÉS ORTIZ, y contra DÑA Otilia, debo absolver y absuelvo a los citados demandados de los hechos aducidos en la demanda, y con expresa imposición de las costas causadas a la parte actora."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por D. Pablo Jesús se interpuso recurso de apelación alegando cuanto estimó oportuno. Admitido el recurso se dio traslado a las partes contrarias, que se opusieron, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal donde ha comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y señalándose para deliberación, votación...

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