SAP Pontevedra 144/2018, 21 de Mayo de 2018

PonenteMAGDALENA FERNANDEZ SOTO
ECLIES:APPO:2018:472
Número de Recurso51/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución144/2018
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00144/2018

N10250

C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387

AV

N.I.G. 36057 42 1 2016 0007163

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000051 /2018

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de DIRECCION000

Procedimiento de origen: FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI NO C 0000759 /2016 Recurrente: Florinda

Procurador: MANUEL RODRIGUEZ NIETO

Abogado: PABLO MARCOS FERNANDEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Gustavo

Procurador:,

Abogado:,

SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE DIRECCION000, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados D. JAIME CARRERA IBARZABAL, Presidente; Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO y

D. JULIO PICATOSTE BOBILLO, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 144

En DIRECCION000 -PONTEVEDRA, a veintiuno de mayo de dos mil dieciocho

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI NO C 0000759 /2016, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de DIRECCION000, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 51/2018, en los que aparece como parte apelante, Florinda, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MANUEL RODRIGUEZ NIETO, asistido por el Abogado D. PABLO MARCOS FERNANDEZ, y como parte apelada Gustavo declarado en rebeldía procesal,con intervención del MINISTERIO FISCAL.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 5 de DIRECCION000, con fecha 27.06.17, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"En la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Rodríguez Nieto, en nombre y representación de Dña. Florinda, como demandante, contra D. Gustavo, declarado en situación de rebeldía procesal, y en el que ha intervenido el Ministerio Fiscal, ESTIMA LA MISMA realizando los siguientes pronunciamientos:

Primero

La guarda y custodia de la hija menor se atribuye a Dña. Florinda, quien ejercerá en exclusiva la patria potestad sobre la menor Noelia .

Segundo

La menor podrá comunicarse y relacionarse con su

progenitor cuando ambos libremente y de mutuo acuerdo así lo decidan.

No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Procurador MANUEL RODRIGUEZ NIETO, en nombre y representación de Florinda, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede DIRECCION000, señalándose para la deliberación del presente recurso el día

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que declina fijar pensión de alimentos a favor de la hija común de los litigantes, en base a considerar que respecto al demandado -en situación de rebeldía procesal- se desconoce su situación económica, si trabaja o si percibe algún ingreso; se alza la representación de la demandante, denunciando que la sentencia apelada ignora el principio favor filii y que los gastos de la hija común deben ser satisfechos por ambos progenitores.

SEGUNDO

El recurso necesariamente ha de ser estimado. Resulta del todo punto irrelevante a los efectos de la fijación de la medida relativa a la pensión alimenticia de los hijos, que el padre se halle en ignorado paradero y que se desconozcan cuáles son sus ingresos...

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