AAP Madrid 47/2018, 4 de Mayo de 2018

PonenteALBERTO ARRIBAS HERNANDEZ
ECLIES:APM:2018:1614A
Número de Recurso453/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución47/2018
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 28

C/ General Martínez Campos nº 27.

Teléfono: 91 4931988/89

Fax: 91 4931996

ROLLO DE APELACIÓN Nº 453/17 .

Procedimiento de origen: Concurso Voluntario nº 468/16

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid. Parte recurrente: "PAVILLÓN EUROPA, S.L."

Procurador: Don Mario Casas Castro.

Letrado: Don José Manuel Hernández Peris.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. GREGORIO PLAZA GONZÁLEZ

D. ENRIQUE GARCÍA GARCÍA

D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ

AUTO Nº 47/2018

En Madrid, a cuatro de mayo de dos mil dieciocho.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados antes relacionados, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 453/17, interpuesto contra el auto de fecha 3 de abril de 2017, dictado en los autos de Concurso Voluntario núm. 468/16, seguido ante el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid . Han sido partes en el recurso, como apelante, la entidad "PAVILLÓN EUROPA, S.L.", representada y defendida por los profesionales antes relacionados.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Mercantil nº 12 de Madrid se dictó auto con fecha 3 de abril de 2017 por el que se desestimó el recurso de reposición formulado por la entidad "PAVILLÓN EUROPA, S.L." contra el auto de fecha 27 de septiembre de 2016 por el que se inadmitió la solicitud de concurso voluntario promovido por la citada entidad.

SEGUNDO

Notificada la resolución, el solicitante del concurso interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en forma legal, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los de su clase, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 3 de mayo de 2018.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es magistrado ponente don ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ, que expresa el parecer de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La resolución apelada desestima el recurso de reposición interpuesto por la entidad deudora contra el auto por el que se inadmitió su solicitud de concurso voluntario al considerar que el deudor no había acreditado su estado de insolvencia ni subsanado los defectos apreciados en la documentación aportada. Contra la anterior resolución se alza el deudor que solicita su revocación y la declaración de concurso voluntario.

SEGUNDO

Como quiera que el examen de la recurribilidad de toda resolución apelada constituye un tipo de control que esta Sala debe acometer de oficio, analizaremos dicha cuestión con carácter previo respecto del estudio de los motivos de impugnación que la parte apelante invoca en su escrito de interposición del recurso de apelación.

Este tribunal se ha pronunciado ya en reiteradas ocasiones sobre la imposibilidad legal de recurrir en apelación las resoluciones por las que se inadmite a trámite una solicitud de concurso voluntario o necesario con base en el artículo 13.2 de la Ley...

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