SAP Barcelona 570/2018, 10 de Octubre de 2018
Ponente | ANTONIO JOSE MARTINEZ CENDAN |
ECLI | ES:APB:2018:9848 |
Número de Recurso | 545/2016 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 570/2018 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018
TEL.: 934866150
FAX: 934867109
EMAIL:aps11.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801942120158090005
Recurso de apelación 545/2016 -D
Materia: Juicio Ordinario
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Barcelona
Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 468/2015
Parte recurrente/Solicitante: AXA SEGUROS
Procurador/a: Raúl González González
Abogado/a:
Parte recurrida: MUTUA PROP.SEG.REAS.PRIMA FIJA
Procurador/a: Ignacio Lopez Chocarro
Abogado/a: Marta Cros Matas
SENTENCIA Nº 570/2018
Ilmos. Sres.
Don Josep Mª Bachs i Estany (Presidente)
Don Antonio Gómez Canal
Don Antonio J. Martínez Cendán (Ponente)
En Barcelona, a 10 de octubre de 2018.
La Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el juicio ordinario núm. 468/2015, sobre reclamación de cantidad, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 22 de Barcelona, por demanda de MUTUA DE PROPIETARIOS SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el procurador don Ignacio López Chocarro y asistida por el letrado doña Marta Cros Matas, contra AXA SEGUROS GENERALES, S.A., representada por el procurador don Raúl González González y defendida por el letrado don Domingo Rivera López, por virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada en dichas actuaciones en fecha 15 marzo de 2016.
Expresa la decisión del Tribunal el magistrado Ilmo. Sr. don Antonio J. Martínez Cendán, que actúa como ponente.
En el juicio ordinario núm. 468/2015, tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 22 de Barcelona, se dictó sentencia el día 15 marzo de 2016, cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente:
"DECIDO:
-
- ESTIMAR sustancialmente LA DEMANDA interpuesta por la representación procesal de MUTUA DE PROPIETARIOS SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA frente a AXA SEGUROS, CONDENANDO a la misma a pagar a la actora la suma de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (25.644'25 euros), más el interés legal de dicha cantidad desde el día 7.5.15 hasta hoy, devengando el total el interés legal elevado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta el completo pago al actor, sin pronunciamiento sobre las costas procesales.
-
- DESESTIMAR sustancialmente la DEMANDA RECONVENCIONAL interpuesta por la representación procesal de AXA SEGUROS frente a MUTUA DE PROPIETARIOS SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, ABSOLVIENDO a esta última de los pedimentos de la reconvención, sin imposición de costas".
Contra dicha sentencia la entidad AXA SEGUROS interpuso recurso de apelación. La parte actora se opuso al recurso. A continuación las partes fueron emplazadas ante esta Sala, compareciendo en tiempo y forma.
Recibidos los autos en esta Sección, sin necesidad de celebración de vista, el 3 de octubre de 2018 tuvo lugar la sesión de deliberación, votación y fallo.
En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor, a excepción del plazo global de duración debido al cúmulo de asuntos que penden ante esta Sección.
Resumen de antecedentes.
El 24 de agosto de 2012 la entidad MUTUA tenía suscrita una póliza del ramo integral Edificios con la Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000 n. NUM000 de Barcelona que cubría, entre otros, los daños causados por incendio; en dicha fecha tuvo lugar un incendio en el calentador de gas del piso NUM001 NUM002 de la finca asegurada y se causaron daños en dicha vivienda así como en mecanismos e instalaciones eléctricas de los ascensores comunitarios.
Se afirmaba en la demanda que dicha vivienda era propiedad de don Luis Pablo, quien tenía suscrita con la entidad AXA SEGUROS una póliza de seguros, y que MUTUA indemnizó a la Comunidad de Propietarios en la suma de 25.644,25 euros, ejercitando la acción de repetición del artículo 43 LCS, por ser el siniestro responsabilidad del demandado Sr. Luis Pablo .
El Sr. Luis Pablo opuso su falta de legitimación pasiva por cuanto no era el propietario de la vivienda, mientras que AXA SEGUROS se opuso a la acción de repetición del artículo 43 argumentando que la actora era aseguradora de la Comunidad y AXA lo es de la propietaria de la vivienda, que es parte de la Comunidad de Propietarios y asegurada de MUTUA, considerando que la actora debió ejercitar la acción del artículo 32 LCS sobre concurrencia de seguros.
Estimando la existencia de un supuesto de concurrencia de seguros, AXA formuló demanda reconvencional al haber indemnizado a su asegurada por los daños en el continente de su vivienda en la suma de 23.931,53 euros. Entendía que AXA debía asumir un porcentaje de 47'47% y MUTUA el de 52'53%, interesando la condena al pago de 12.810,53 euros.
MUTUA desistió de la demanda interpuesta contra el Sr. Luis Pablo, sobreseyéndose el procedimiento mediante decreto de 10 de marzo de 2016.
La sentencia de primera instancia estima la demanda principal y desestima la reconvencional, argumentando que don Luis Pablo era arrendatario de la vivienda en la que se originó el siniestro y que tenía concertada una póliza de seguro con AXA. Con dichas premisas, sostiene que no concurre supuesto alguno de concurrencia
de seguros, al no coincidir el mismo tomador, mientras que la acción del artículo 43 ejercitada por MUTUA DE SEGUROS está correctamente planteada.
Resolución del recurso.
El recurso de apelación formulado por AXA, articulado en diversos motivos, denuncia el error de la sentencia de considerar a don Luis Pablo arrendatario de la vivienda y tomador del seguro, que le lleva a concluir en la procedencia de la acción de repetición del art. 43 LCS (acción principal) y descartar la existencia de un supuesto de concurrencia de seguros del art. 32 LCS (acción reconvencional).
Los diversos motivos del recurso deben ser estimados. La...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 860/2021, 13 de Diciembre de 2021
...Fija, representada por el procurador D. Ignacio López Chocarro y bajo la dirección letrada de D.ª Anna Tineo Cros, contra la sentencia n.º 570/2018, de 10 de octubre, dictada por la Sección 11.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona en el recurso de apelación n.º 545/2016, dimanante de la......
-
SAP Barcelona 895/2018, 14 de Diciembre de 2018
...analógica del art.32 LCS, aunque en el seguro de personas ningún precepto regule la existencia de sobreseguro. La SAP Barcelona, sección 11ª, de 10 de octubre de 2018 señala lo siguiente en relación con el art.32 " Como dijimos en rollo 148/2011 (sentencia de 25-3-2011, ponente Sr. Gómez Ca......
-
ATS, 19 de Mayo de 2021
...la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2018 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11.ª), en el rollo de apelación n.º 545/2016, dimanante del juicio ordinario n.º 468/2015 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Mediante diligencia de ordenación se acordó ......