AAP Madrid 1609/2018, 12 de Noviembre de 2018

PonenteMARIA TARDON OLMOS
ECLIES:APM:2018:4706A
Número de Recurso1909/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución1609/2018
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 27ª

Sección nº 27 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 10 - 28035

Teléfono: 914934469,4470,4471

Fax: 914934472

NEG. 1 / JJ 1

37051030

N.I.G.: 28.096.00.1-2017/0006215

Apelación Autos Violencia sobre la Mujer 1909/2018

Origen :Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 03 de Navalcarnero Diligencias previas 960/2017

Apelante: D./Dña. Dulce

Letrado D./Dña. NURIA BERMUDEZ GOMEZ

Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL

AUTO Nº 1609/18

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmas. Sras. De la Sección Vigésimo Séptima

MAGISTRADAS

Dña. María Tardón Olmos (Ponente)

Dña. Consuelo Romera Vaquero

Dña. María Teresa Chacón Alonso

En Madrid, a doce de noviembre de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Letrada Doña Nuria Bermúdez Gómez en nombre y defensa de Doña Dulce, se interpuso recurso de apelación contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Navalcarnero de fecha nueve de mayo de dos mil dieciocho en las Diligencias Previas 960/2017, en el que se acuerda sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones, remitiéndose a esta Sala testimonio de particulares con la documentación adjunta necesaria para dictar la presente resolución.

SEGUNDO

El día cuatro de octubre de dos mil dieciocho se celebró la correspondiente deliberación, quedando entonces el recurso pendiente de resolución.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. María Tardón Olmos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la apelante el Auto por el que el Juzgado de Instrucción decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, solicitando su nulidad, por cuanto no se aporta otro argumento que "no existen indicios racionales de haberse perpetrado los hechos" sobre la base de la existencia de versiones contradictorias, estimando que ello no puede ser un obstáculo a la continuación del procedimiento, aludiendo a sus manifestaciones.

El recurso no va a tener acogida.

Es incuestionable que la motivación de los Autos y las Sentencias constituye una exigencia recogida en el artículo 120.3 CE y forma parte del derecho mismo a la tutela judicial efectiva que consagra el art. 24.1 del Texto Constitucional. Pero esta exigencia no autoriza a exigir un razonamiento judicial exhaustivo y pormenorizado de todos los aspectos y perspectivas que las partes puedan tener de la cuestión que se decide, sino que deben considerarse suficientemente motivadas aquéllas resoluciones judiciales que contengan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • AAP Pontevedra 9/2022, 14 de Enero de 2022
    • España
    • 14 January 2022
    ...su eventual control jurisdiccional mediante el efectivo ejercicio de los recursos previstos en el ordenamiento jurídico" ( Auto AP Madrid 1609/2018 de 12.11.2018) ; y del mismo modo ya ha sostenido esta Audiencia que " Al respecto, como señala el Tribunal Supremo ( Sentencias de 25 de enero......
  • AAP Pontevedra 401/2022, 17 de Junio de 2022
    • España
    • 17 June 2022
    ...su eventual control jurisdiccional mediante el efectivo ejercicio de los recursos previstos en el ordenamiento jurídico" ( Auto AP Madrid 1609/2018 de 12.11.2018) ; y del mismo modo ya ha sostenido esta Audiencia que " Al respecto, como señala el Tribunal Supremo (Sentencias de 25 de enero ......
  • AAP Pontevedra 183/2022, 29 de Marzo de 2022
    • España
    • 29 March 2022
    ...su eventual control jurisdiccional mediante el efectivo ejercicio de los recursos previstos en el ordenamiento jurídico" ( Auto AP Madrid 1609/2018 de 12.11.2018) ; y del mismo modo ya ha sostenido esta Audiencia que " Al respecto, como señala el Tribunal Supremo ( Sentencias de 25 de enero......
  • AAP Pontevedra 368/2021, 2 de Junio de 2021
    • España
    • 2 June 2021
    ...su eventual control jurisdiccional mediante el efectivo ejercicio de los recursos previstos en el ordenamiento jurídico" ( Auto AP Madrid 1609/2018 de 12.11.2018) Es cierto que el propio Tribunal Constitucional (por ejemplo, STC 264/88 EDJ 1988/580) estima suf‌iciente una fundamentación esc......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR