SAP Madrid 180/2019, 4 de Abril de 2019
Ponente | JOSE MARIA PEREDA LAREDO |
ECLI | ES:APM:2019:4390 |
Número de Recurso | 854/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 180/2019 |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Novena
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 1 - 28035
Tfno.: 914933935
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2017/0013514
Recurso de Apelación 854/2018 -1
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 96 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 842/2017
APELANTE: D./Dña. Ernesto
PROCURADOR D./Dña. ANA DE LA CORTE MACIAS
APELADO: DEBT RESOLUTION CORP SARL
SENTENCIA NÚMERO:
RECURSO DE APELACIÓN Nº 854/2018
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS
D. JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO
DÑA. MARÍA PILAR PALÁ CASTÁN
En Madrid, a cuatro de abril de dos mil diecinueve.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº 854/2018, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 96 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 854/2018, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada DEBT RESOLUTION CORP S.A.R.L., representada por el Procurador D. Joaquín María Jáñez Ramos; y, de otra, como demandado y hoy apelante D. Ernesto, representado por la Procuradora Dña. Ana de la Corte Macías; sobre reclamación de cantidad.
SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 96 de Madrid, en fecha veintitrés de julio de dos mil dieciocho, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Fallo : Estimo la demanda formulada por el Procurador Dº Joaquín María Janez Ramos en nombre y representación de DEBT RESOLUTION CORP S.A.R.L. contra D. Ernesto, condeno al demandada a que abone al actor la suma de
15.924,73 euros así como al abono de las costas causadas.".
Notificada la mencionada sentencia por la representación procesal de la parte demandada, previos los trámites legales oportunos, se interpuso recurso de apelación, el cual le fue admitido, y, dándose traslado del mismo a la contraparte, que se opuso a él, elevándose posteriormente las actuaciones a esta superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones, substanciándose el recurso por sus trámites legales.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo, que tuvo lugar el día tres de abril del año en curso.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.
Debt Resolution Corp, SARL reclama de D. Ernesto el pago de 15.924,73 euros, deuda que deriva del contrato de préstamo que suscribió el demandado con Barclays Bank, SAU con fecha 31-03-2009. Dicho crédito fue cedido por la prestamista a Debt Resolution Corp, SARL mediante contrato elevado a público con fecha 7 de agosto de 2014.
La sentencia de instancia estimó la demanda, habiendo sido apelada por el demandado.
Alega en su recurso el demandado apelante que no ha recibido notificación de la cesión de sus datos por la cedente (Barclays Bank, SAU) a la cesionaria (Debt Resolution Corp, SARL), en contra de lo que resulta del documento notarial presentado por la demandante, en cuyo apartado IV se dice que "De conformidad con lo previsto en los Códigos de Comercio y Civil y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, las Partes manifestaron que procederían a notificar a los deudores de los créditos la cesión de sus datos por la cedente a la cesionaria".
De ahí que, según el apelante, se ha incumplido el contrato de cesión de créditos, quedando el mismo sin validez, por lo que la actora carecería de legitimación activa. Cita a continuación sentencias que se refieren a la cesión de datos personales.
Cesión del crédito . La sentencia de instancia...
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ATS, 27 de Octubre de 2021
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