SAP Cantabria 65/2019, 7 de Febrero de 2019

PonenteMILAGROS MARTINEZ RIONDA
ECLIES:APS:2019:179
Número de Recurso707/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución65/2019
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

S E N T E N C I A Nº. 000065/2019

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez

Imos. Sers.Magistrados:

Don Javier de la Hoz de la Escalera

Doña Milagros MartÃnez Rionda.

====================================

En la Ciudad de Santander a siete de febrero de dos mil diecinueve.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Familia número 712 de 2017, (Rollo de Sala número 707 de 2018), procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 9 de los de Santander, seguidos a instancia de doña Angelina contra doña Ascension, en situacion de rebeldia procesal, y contra don Evelio .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante doña Angelina, representada por el Procurador Sr. Fernández Alberdi y asistida por el Letrado Sr.Diez López; y parte apelada don Evelio, representado por la Procuradora Sra. de Castro Herrera y asistido por el Letrado Sr. López Nieto, y Ascension .

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrada doña Milagros MartÃnez Rionda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia 9 de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 6 de junio de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda deducida por el Procurador Sr. Fernández, en nombre y representación de Dña. Angelina, contra Dña. Ascension y D. Evelio, debo absolver y absuelvo a dichos demandados de la pretensiones deducidas en contra suya. En cuanto a las costas, se imponen a la parte actora". SEGUNDO : Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo, se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se ha deliberado y fallado el recurso el día señalado, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la sentencia de instancia, en...

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