SAP Barcelona 469/2019, 30 de Mayo de 2019
Ponente | JUAN LEON LEON REINA |
ECLI | ES:APB:2019:6535 |
Número de Recurso | 794/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 469/2019 |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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Recurso de apelación 794/2018 -M
Materia: Juicio verbal desahucio
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Barcelona
Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio por falta de pago art. 250.1.1) 152/2018 Parte recurrente/Solicitante: Rodrigo
Procurador/a: Joan Josep Cucala Puig
Abogado/a: Joan Duñó Busquets
Parte recurrida: Tarsila
Procurador/a: Oscar Bagan Catalan
Abogado/a: NEMESIO LIEBANA ALONSO
SENTENCIA Nº 469/2019
Magistrados:
Vicente Conca Perez
Mireia Rios Enrich
Juan León León Reina
Barcelona, 30 de mayo de 2019
En fecha 21 de junio de 2018 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio por falta de pago art. 250.1.1) 152/2018 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Barcelona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Joan Josep Cucala Puig, en nombre y representación de Rodrigo contra Sentencia - 23/04/2018 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Oscar Bagan Catalan, en nombre y representación de Tarsila .
El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "DECLARO ENERVADA la acción de desahucio por falta de pago presentada por el procurador Óscar Bagán Catalá en representación de Tarsila contra Rodrigo y Carlos Ramón con imposición a los demandados de las costas procesales.
Entréguese la cantidad de 4.738,58 € consignados a la parte actora."
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 16/05/2019. CUARTO. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente al Magistrado Juan León León Reina .
El presente procedimiento principió por demanda en la que la actora ejercía la acción de resolución por impago del contrato de arrendamiento de vivienda que la vinculaba con la demandada, solicitando que se condenase a los dos demandados (Sres. Rodrigo y Carlos Ramón ) al desalojo del inmueble y al pago a la actora de la cantidad adeudada hasta la fecha (3384,70 euros), así como la que se adeudase a la fecha de la recuperación de la posesión del inmueble.
Admitida a trámite la demanda, compareció la hoy apelante (Sr. Rodrigo ) que manifestando su voluntad de enervar la acción ejercida por la demandante y consignando el importe adeudado a la fecha del pago enervante. Por su parte, la otra codemandada (Sr. Carlos Ramón ) presentó escrito de oposición a la demanda alegando su falta de legitimación pasiva e interesando la desestimación de la demanda.
Convocadas las partes a la vista; y dada la conformidad de todas las partes en la eficacia enervante del pago realizado por el Sr. Rodrigo, se fijó como único hecho controvertido la legitimación pasiva del Sr. Carlos Ramón .
La sentencia de primera instancia, declaró la enervación de la acción e impuso las costas del procedimiento a las partes demandadas.
Frente a dicha resolución se alza la representación procesal del Sr. Rodrigo, que recurre en apelación sosteniendo; primero, la improcedencia de su condena en costas; y subsidiariamente, que las costas le sean impuestas de forma parcial, con exclusión de las derivadas de la vista, a la que se habría visto arrastrada por la actuación procesal de la codemandada (ya que el Sr. Rodrigo siempre pretendió la simple enervación de la acción)
La demandante, por su parte, se opone al recurso, mostrando su conformidad con la sentencia de instancia e interesando su íntegra confirmación.
Fijados los términos del debate, el primero de los motivos de oposición debe ser sin más desestimado.
Efectivamente, como ya dijimos, por ejemplo, en nuestro auto 190/2018, de 2 de noviembre ( ROJ: AAP B 6878/2018 - ECLI:ES:APB:2018:6878 A ), en esta materia " debe partirse de lo...
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SAP Barcelona 189/2020, 13 de Marzo de 2020
...siendo así que el mismo deben ser también desestimado. Efectivamente, como dijimos en nuestra sentencia 469/2019,de 30 de mayo ( ROJ: SAP B 6535/2019 -ECLI:ES:APB:2019:6535 ), " el régimen legal de la condena en costas en su fase declarativa solo admite (ex lege) dos posibilidades, su impos......