SAP Madrid 313/2019, 10 de Junio de 2019
Ponente | AMALIA DE SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO |
ECLI | ES:APM:2019:10192 |
Número de Recurso | 407/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 313/2019 |
Fecha de Resolución | 10 de Junio de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Décima
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035
Tfno.: 914933917,914933918
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2017/0225595
Recurso de Apelación 407/2019
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid
Autos de Juicio Verbal (250.2) 15/2018
APELANTE: D./Dña. Cristina
PROCURADOR D./Dña. JOSE CARLOS GARCIA RODRIGUEZ
APELADO: D./Dña. Arsenio
D./Dña. Aureliano
D./Dña. Balbino
D./Dña. Elvira
D./Dña. Benedicto
D./Dña. Erica
D./Dña. Bienvenido
D./Dña. Estibaliz
D./Dña. Eugenia
D./Dña. Fátima
D./Dña. Felisa
D./Dña. Celso
D./Dña. Gabriela
D./Dña. Cornelio
D./Dña. Gregoria
SENTENCIA Nº 313/2019
ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:
D./Dña. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
D./Dña. M. DOLORES PLANES MORENO
D./Dña. AMALIA DE LA SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO
En Madrid, a diez de junio de dos mil diecinueve.
La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Juicio Verbal (250.2) 15/2018 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid a instancia de D./Dña. Cristina apelante - demandado, representado por el/la Procurador D./Dña. JOSE CARLOS GARCIA RODRIGUEZ y defendido por Letrado, contra
D./Dña. Arsenio, D./Dña. Aureliano, D./Dña. Felisa, D./Dña. Celso, D./Dña. Gabriela, D./Dña. Cornelio, D./ Dña. Gregoria, D./Dña. Balbino, D./Dña. Elvira, D./Dña. Benedicto, D./Dña. Erica, D./Dña. Bienvenido, D./Dña. Estibaliz, D./Dña. Eugenia y D./Dña. Fátima apelados - demandantes, representados por el/la Procurador/a D, ANTONIO BARREIRO MEIRO y defendidos por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 11/03/2019.
Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
VISTO, siendo Magistrado Ponente Dña. AMALIA DE LA SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO.
Por Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 11/03/2019, cuyo fallo es el tenor siguiente: "Que ESTIMANDO la DEMANDA formulada por el Procurador Sr. Barreiro Meiro Barbero en representación de D. Arsenio, D. Aureliano, D. Balbino, Dña. Elvira, D. Benedicto, Dña. Erica, D. Bienvenido, Dña. Estibaliz, Dña. Eugenia, Dña. Fátima, Dña. Felisa, D. Celso, Dña. Gabriela, D. Cornelio y Dña. Gregoria, ? debo DECLARAR Y DECLARO el derecho de los actores recuperar la plena y pacífica posesión material y directa de la finca sita en Madrid, CALLE000, nº NUM000, Piso NUM001, condenando a la demandada Dña. Cristina, a dejar libre, vacua y expedita, a disposición de la parte actora y sin derecho a ninguna clase de indemnización el inmueble objeto de la presente litis, con apercibimiento de lanzamiento, y todo ello haciendo expresa condena, a la demandada ocupante de la vivienda, en las costas procesales causadas.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por providencia de esta Sección, de fecha 27 de mayo de 2019, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 4 de junio de 2019.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la representación de D. Arsenio, D. Aureliano, D. Balbino, Dña. Elvira, D. Benedicto, Dña. Erica, D. Bienvenido, Dña. Estibaliz, Dña. Eugenia, Dña. Fátima, Dña. Felisa, D. Celso, Dña. Gabriela, D. Cornelio y Dña. Gregoria, se interpone demanda de desahucio por precario contra Dª Cristina . La demanda se interpone por los propietarios del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM000, NUM001 de Madrid y se dirige contra la demandada por ocupar la vivienda sin título.
En fecha 11 de marzo de 2019 se dictó sentencia por la Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid, en la que se estima la demanda íntegramente, se declara el derecho de los actores a recuperar la plena y pacífica posesión del inmueble y condena a la demandada a dejarla libre, vacua y expedita a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento. Con imposición de las costas procesales a la demandada. Se argumenta en la sentencia que queda acreditada la propiedad del inmueble con la nota simple informativa, que permite acreditar la titularidad, la descripción y las cargas del inmueble ante particulares y organismos públicos. La parte demandada no ha aportado prueba alguna que legitime su ocupación, por lo que considera que es un claro supuesto de posesión en precario.
Por la representación de Dª Cristina se interpone recurso de apelación. Se alega como motivos del recurso falta de acreditación de la titularidad del inmueble por parte de los demandantes, al considerar que la fotocopia de la nota simple informativa expedida hace más de tres años es un documento meramente informativo, por lo que falta un requisito esencial para la prosperabilidad de la acción. También alega infracción del art. 217 de la LEC. Inversión de la carga de la prueba. Imputación a la parte demandada respecto al derecho a poseer.
Debemos mencionar que en el procedimiento de...
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ATS, 30 de Septiembre de 2020
...contra la sentencia de fecha 10 de junio de 2019, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10.ª), en el rollo de apelación n.º 407/2019, dimanante de juicio verbal n.º 15/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 90 de Se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la ......