SAP Valencia 505/2019, 12 de Noviembre de 2019

PonenteGONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA
ECLIES:APV:2019:5273
Número de Recurso101/2019
ProcedimientoCivil
Número de Resolución505/2019
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46094-41-1-2018-0000897

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) [RPL] Nº 101/2019- MS - Dimana del Juicio Ordinario [ORD] Nº 000179/2018

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE CATARROJA

Apelante: ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS SA.

Procurador.- D. SANTIAGO GEA FERNANDEZ.

Apelado: D. Ceferino .

Procurador.- D. JOSE SAPIÑA BAVIERA.

SENTENCIA Nº 505/2019

===========================

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO

Magistrados/as

D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

D. GONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA

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En Valencia, a doce de noviembre de dos mil diecinueve.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. GONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA, los autos de Juicio Ordinario [ORD] - 000179/2018, promovidos por D. Ceferino contra ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS SA sobre "reclamación de cantidad ", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, representada por el Procurador D. SANTIAGO GEA FERNANDEZ y asistida del Letrado D. VICENTE GOMEZ MORATA contra D. Ceferino, representado por el Procurador D. JOSE SAPIÑA BAVIERA y asistido del Letrado D. JOSE VICENTE GOMEZ TEJEDOR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE CATARROJA, en fecha 22/11/18 en el Juicio Ordinario [ORD] - 000179/2018 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando la demanda promovida por Ceferino representado por el Procurador D. José Sapiña Baviera contra ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A representada por el procurador D. Santiago Egea Fernádez debo condenar y condeno a ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A a abonar a Ceferino la cantidad de 14.400 euros en concepto de principal más los intereses legales del artículo 20 desde la interpelación judicial. Con expresa condena de las costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de D. Ceferino . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 5 de Noviembre de 2019.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- Ceferino demanda a la entidad Arag Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros en reclamación de

14.000 euros consecuencia del contrato de seguro contratado entre las partes por el que se cubría el subsidio mensual ascendente a 1200 euros/mes por la retirada provisional del carnet de conducir hasta un límite de 12 mensualidades y el actor fue condenado por sentencia de 2/12/2014 por el Juzgado de lo Penal nº 12 de Valencia por un delito contra la seguridad vial del tráfico del artículo 379.1 del Código Penal a la pena de privación del permiso de conducir por un año y nueve meses ( sentencia confirmada por la A. Provincial de Valencia de 10/3/2016)

La Aseguradora demandada defiende la falta de cobertura de tal riesgo por la póliza de seguros.

La sentencia del Juzgado Primera Instancia estima íntegramente la demanda entendiendo que la cláusula habida en la página dos de las condiciones particulares es una limitación a los derechos del asegurado y que la mismo no cumple las exigencias legales del artículo 3 de la Ley Contrato de Seguro y por ende carece de eficacia de vinculación respecto al asegurado.

Frente a tal sentencia se alza la aseguradora demandada invocando el error en la valoración y apreciación de la prueba documental por cuanto no estamos ante una cláusula limitativa de derechos sino delimitadora del riesgo perfectamente conocida por el asegurado y razón por la que solicita la revocación de la sentencia por otra que desestime la demanda

El demandante planteó oposición al recurso de apelación y solicitó la confirmación de la sentencia.

SEGUNDO

- Este Tribunal tras revisar el contenido de autos, por mor del artículo 456-1 de la Ley Enjuiciamiento Civil debe precisar, en primer lugar, que la controversia litigiosa no es la concurrencia de mala fe por el asegurado en el marco del artículo 19 de la Ley Contrato de Seguro (dado el tratamiento en el escrito de oposición al recurso de apelación), sino exclusivamente si la privación del permiso de conducir por sentencia penal firme por un delito contra la seguridad del tráfico...

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