AAP Barcelona 611/2019, 27 de Diciembre de 2019

PonenteRAMON VIDAL CAROU
ECLIES:APB:2019:10371A
Número de Recurso39/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución611/2019
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866200

FAX: 934867114

EMAIL:aps16.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0818742120148178625

Recurso de apelación 39/2018 -A

Materia: Incidente

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sabadell

Procedimiento de origen:P.S. Cuestión incidental de especial pronunciamiento 80/2017 Parte recurrente/Solicitante: AIQUON CAPITAL

Procurador/a: Roser Llonch Trias

Abogado/a: LLUIS MARIA MIRALBELL GUERIN

Parte recurrida:

Procurador/a:

Abogado/a:

Magistrados:

Inmaculada Zapata Camacho Jose Luis Valdivieso Polaino Ramon Vidal Carou

AUTO Nº 611/2019

Barcelona, 27 de diciembre de 2019

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Se aceptan los antecedentes de hecho del auto de 20 de noviembre de 2017 dictado por el Juzgado de Primera Instancia Núm. CINCO de Sabadell en los presentes autos de Ejecución de Titulo No Judicial promovidos por AIQON CAPITAL (LUX) SAR frente a Juan Luis, siendo la parte dispositiva del auto apelado del tenor literal siguiente:

    " Denegar el despacho de la ejecución instada por (..) AIQON CAPITAL (LUX) SAR frente a D. Juan Luis, declarando abusiva, nula y por no puesta la cláusula novena de vencimiento anticipado inserta en el contrato que fundamenta la demanda formulada."

  2. Interpuesto recurso de apelación contra el anterior auto por la parte ejecutante se admitió el mismo en ambos efectos. Y elevados los autos a esta Audiencia se acordó suspender su tramitación hasta que el TJUE resolviera de la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo en su auto de 8 de febrero de 2017, señalándose finalmente para deliberación y fallo el día 17 de diciembre de 2019 una vez dictada la STS núm. 436/19 de 11 de septiembre y celebrada la reunión para la unificación de criterios de los Presidentes de las Secciones Civiles de esta Audiencia

  3. En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, expresando el parecer de este Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ramón VIDAL CAROU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. No se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida, debiendo entenderse sustituidos por los que a continuación se expresan con ese mismo carácter.

PRIMERO

Antecedentes y objeto del recurso

  1. En los presentes autos de Ejecución de Titulo No Judicial promovidos inicialmente por BANCO SANTANDER en reclamación de 5.871,05 euros, aparte la cantidad presupuestada prudencialmente para intereses y costas, se acordó por el Juzgado dar audiencia a las partes al amparo del art. 552 LECi por si las cláusulas relativas al interés de demora y al vencimiento anticipado pudieran ser abusivas.

  2. El Juzgado comenzó el estudio de las referidas cláusulas por la del vencimiento anticipado y al considerarla nula conforme a la jurisprudencia en la materia, con expresa cita de la STS 705/15 de 23 de diciembre, acordó el archivo del procedimiento por cuanto servía de fundamentación a la ejecución instada por la parte.

  3. La anterior resolución es recurrida en apelación por la parte ejecutante por cuanto esa misma jurisprudencia venia señalando que aun de considerar nula la referida cláusula, la ejecución debe proseguir su curso cuando el incumplimiento del deudor fuera esencial y grave conforme al art. 693.2 LECi o inclusive el art. 1.124 Cci.

SEGUNDO

Contrato que fundamenta la reclamación presentada

  1. La presente ejecución ordinaria, en su modalidad de Titulo No Judicial, se reclama el saldo deudor que presenta una "póliza de...

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