SAP Sevilla 341/2019, 27 de Diciembre de 2019

PonenteMARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
ECLIES:APSE:2019:1827
Número de Recurso8380/2019
ProcedimientoCivil
Número de Resolución341/2019
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

REFERENCIA: ORDINARIO

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA nº 21 DE SEVILLA

ROLLO DE APELACIÓN nº 8380/2019

JUICIO nº 577/2017

S E N T E N C I A nº 341/19

PRESIDENTE ILMO SR :

D MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

MAGISTRADOS/AS ILMOS/AS SRS/SRAS :

Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ

D FEDERICO JIMENEZ BALLESTER

En la Ciudad de SEVILLA a veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 26/12/18 recaída en los autos número 577/2017 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA nº 21 DE SEVILLA promovidos por Concepción representada por la Procuradora Sra MARIA DOLORES BERNAL GUTIERREZ, contra CAIXABANK representada por el Procurador Sr. MAURICIO GORDILLO ALCALA, y el M. FISCAL pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA nº 21 DE SEVILLA cuyo fallo es como sigue: "Estimar parcialmente demanda interpuesta por la Procuradora, Sra. Bernal Gutiérrez, en nombre y representación de Dª. Concepción, contra la entidad CAIXABANK, con la intervención del Ministerio Fiscal y se declara que la entidad demandada ha cometido una intromisión ilegítima en el honor del demandante por incluir sus datos en un fichero de morosos y se condena a la demandada al pago de cinco mil euros (5.000), en concepto de indemnización por daños morales, más los intereses legales; todo ello sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas.

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de CAIXABANK que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.

TERCERO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Traen causa las presentes actuaciones de una demanda de protección del derecho al honor, que se considera infringido como derecho fundamental, derivado de la inclusión de la actora en un fichero de morosos acordado por la entidad demandada CaixaBank por impago de una deuda. La sentencia, después de glosar la normativa de aplicación y la jurisprudencia sobre la misma en cuanto a los requisitos de la deuda impagada para su inclusión en un registro de morosos, dedica el último párrafo del fundamento de derecho segundo a resolver el fondo conforme los hechos que considera probados, a saber que era cierta la deuda, que de...

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