AAP Burgos 451/2019, 14 de Junio de 2019

PonenteMARIA DOLORES FRESCO RODRIGUEZ
ECLIES:APBU:2019:470A
Número de Recurso90/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución451/2019
Fecha de Resolución14 de Junio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1BURGOS

ROLLO APELACION NUM. 90/19.

EXPEDIENTE NUM. 36/19.

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA N 2 DE CASTILLA Y LEÓN (BURGOS).

Ilmos/a. Sres/a. Magistrados/a:

D. LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMON.

D. ROGER REDONDO ARGÜELLES.

Dª Mª DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ.

A U T O NUM.00451/2019

En Burgos a catorce de Junio de dos mil diecinueve.

I - HECHOS
PRIMERO

Por la letrada Doña Gloria Lope Lope en nombre y representación de Aquilino se interpuso recurso de apelación contra el auto nº 911/2019 que desestimo el recurso interpuesto contra el acuerdo de la Administración Penitenciaria que establece su continuidad del penado en segundo grado de tratamiento de fecha 28/03/2019.

SEGUNDO

Remitidas las actuaciones a este Tribunal, se formó el oportuno Rollo de Apelación y se turnó de Ponencia a la Magistrada Dª Mª DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ, a quien se pasaron las mismas para su resolución.

II - RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se alza la parte recurrente frente al Auto dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de Castilla y León (Burgos) que acuerda su continuidad en segundo grado.

Se alega que el interno tiene abierto expediente de expulsión a su país de origen (Argentina) y que estaría dispuesto a abonar el billete de avión para su regreso a Argentina.

Igualmente, se señala que el interno ha colaborado en programas formativos desarrollados por el Centro Penitenciario, ha realizado talleres productivos y dispone de varias notas meritorias, contando con una valoración excelente, contando con aval de la Pastoral Penitenciaria.

Por el Ministerio Fiscal se impugnó el recurso y se interesó la confirmación de la resolución recurrida.

Ante lo cual, consta en el expediente que el interno cumple en el Centro Penitenciario de Burgos el total de 5 años y 1 día de condena por un delito contra la salud pública.

La Junta de Tratamiento ha llevado a cabo los informes preceptivos relativos al grado de clasificación del penado Aquilino adoptando en sesión de 13 de Diciembre de 2018 acuerdo por el que proponen por unanimidad la continuidad del penado en 2º grado, dictándose resolución con fecha 28 de Marzo de 2019 por la Administración Penitenciaria señalando como motivación para la continuidad en segundo grado que de la conducta global del interno no se desprende una evolución suficientemente favorable, por el momento, que permita inferior una capacidad para llevar en lo sucesivo un régimen de vida en semilibertad. Refiriéndose, igualmente, a falta de garantías de un proceso de reinsertación social normalizado, al tiempo de condena pendiente de cumplimiento y necesidad de consolidar un periodo mayor de intervención y disfrute de permisos de salida.

Contra dicho acuerdo se interpuso recurso de queja dictándose auto con fecha 22 de Mayo de 2019 por el Juez de Vigilancia Penitencia nº 2 de Castilla y León (Burgos) por el que se desestima la queja, interponiéndose recurso de apelación contra dicha resolución.

Resultando por ello de aplicación lo indicado en el art. 106 del Reglamento Penitenciario, la progresión de grado depende de la modificación positiva de aquellos factores directamente relacionados con la actividad delictiva manifestada en la conducta global del interno y entraña un incremento de la confianza depositada en él, hasta el punto de permitir la atribución de responsabilidades más importantes que impliquen un mayor margen de libertad; pero tal precepto debe ser integrado con el 102 del mismo Reglamento que regula los criterios generales de clasificación de los internos, que no son otros que su personalidad, el historial individual, familiar, social y delictivo del interno, la duración de las penas, el medio social al que retorne el recluso y los recursos, facilidades y dificultades existentes en cada caso y momento para el buen...

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