SAP Zamora 241/2019, 28 de Junio de 2019

PonenteJESUS PEREZ SERNA
ECLIES:APZA:2019:364
Número de Recurso420/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución241/2019
Fecha de Resolución28 de Junio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

Z A M O R A

Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN Nº 420/17 .

Nº Procd. Civil: : 200/16

Procedencia : Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Zamora

Tipo de asunto: Ordinario

---------------------------------------------------------------- -----------Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 241

Ilustrísimos/as Sres/as

Presidente

D. JESÚS PÉREZ SERNA.

Magistrados/as

D . PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN .

Dª. ANA DESCALZO PINO .

--------------------------------------------------------------En la ciudad de ZAMORA, a 28 de junio de 2019.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de procedimiento ORDINARIO Nº 200/16, seguidos en el JDO. 1A. INST. Nº 6 de Zamora, RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 420/17; seguidos entre partes, de una como apelante D. Emilio, representado por el/la Procuradora Dª. ANA ESTHER LLORDÉN ARENAS, y dirigido por el/la Letrada Dª. Mª ASCENSIÓN RABANILLO ESCUDERO, y de otra como apeladas, SEGURCAIXA S.A. SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el/la Procurador D. JUAN MANUEL GAGO RODRÍGUEZ, y dirigida por el/la Letrada Dª. SONSOLES MADRIGAL JIMÉNEZ; VIDACAIXA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora Dª Mª BELÉN ÁLVAREZ ANTÓN y dirigida por el Letrado D. ALVARO BUENO BARTRINA y CAIXABANK, S.A ., representada por la Procuradora Dª Mª VICTORIA VÁZQUEZ NEGRO y dirigida por la letrada Dª MARTA VILLARINO GEJO, sobre reclamación de cantidad derivada de contratos de seguro.

Actúa como Ponente, el/la Iltmo... Sr./a D. JESÚS PÉREZ SERNA.

.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el JDO. 1A. INST. Nº 6 de Zamora. se dictó sentencia de fecha 8 de septiembre de 2017, cuya Parte Dispositiva dice: "FALLO:. Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Doña Ana Esther LLorden Arenas, en nombre y representación de Don Emilio, contra Segur Caixa, S.A. de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Don Juan Manuel Gago Rodríguez, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor en concepto de indemnización diaria de 60 Euros según baremo por enfermedad más los intereses que correspondan basados en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro y artículo 251 de la Lec por los días de baja por las siguientes enfermedades : Baja por claudicación intermitente de fecha 21 de Abril de 2014, 1600 Euros ( 700 Euros debidos por desgarro muscular y 900 Euros por la claudicación intermitente), sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas procesales causadas.

Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por Doña Ana Esther LLorden Arenas, en nombre y representación de Don Emilio, contra Segur Caixa, S.A. de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Don Juan Manuel Gago Rodríguez, Vida Caixa, S.A. representada por Doña Belén Álvarez Antón y contra Caixabank, S.A. representada por Doña María Luisa Azucena Álvarez Muñoz debo absolver y absuelvo a las demandadas de todos los pedimentos contenidos en la demanda con imposición al actor de las costas procesales causadas. "

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, habiéndose solicitado por la representación de la parte apelante la práctica de prueba pericial médica y documental, resolviendo sobre la misma por auto de fecha 24 de abril de 2018 en la que se admite en parte la documental, formulando las respectivas alegaciones por las partes al respecto.

Contra mencionado auto se interpone recurso de reposición por la representación procesal de la parte apelante, presentado las oportunas alegaciones las representaciones de las partes apeladas así como una respetuosa propuesta por la procuradora apelante Sra. Llordén Arenas.

No habiéndose celebrado vista pública, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 15 de noviembre de 2018.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
PRIMERO

La sentencia dictada en la instancia estima parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de don Emilio contra Segur Caixa SA de Seguros y Reaseguros, condenando a dicha aseguradora a abonar al actor, en concepto de indemnización diaria de 60€ según baremo por enfermedad más los intereses que correspondan conforme al artículo 20 de la LCS, la cantidad de 1600€, desglosados en 700€ por desgarro muscular, --a ello se había allanado la demandada --, y €900 por claudicación intermitente. Justifica dicha decisión, señalando que la baja sufrida por el actor en fecha 19 febrero 2013, por meniscopatía no procede indemnizarla, dadas las condiciones recogidas en la póliza de seguros concertada por las partes, con entrada en vigor el 1 de agosto de 2012; entre ellas, no haber acreditado el actor el hecho exigido de la intervención quirúrgica, según informe médico del Complejo Asistencial de Zamora de fecha 3 mayo 2013. Y en lo que atañe a la baja de fecha 21 abril 2014, por claudicación intermitente, aquietada la demandada al pago de 14 días de baja por desgarro muscular, la juez a quo concede 900€ por 15 días, por no estar concretada la fecha de diagnóstico de dicha patología. Por último, con respecto a la reclamación por baja por uropatía obstructiva, la misma no procede por cuanto lo cierto es que la invalidez permanente devino por esta patología y efectivamente la póliza estaba vencida a la fecha de tal baja.

Por otro lado, la sentencia desestima la demanda acumulada a la anterior y absuelve a las demandadas, Segur Caixa SA de Seguros y Reaseguros, Vida Caixa SA y CaixaBank SA, de los pedimentos que se solicitan en relación con ellas y el actor don Emilio . Justifica la juzgadora de instancia su decisión, respecto de Segur Caixa S.A., aludiendo al incumplimiento del tomador del seguro de lo dispuesto en el artículo 10 de la LCS, ya que a la fecha de la contratación de la póliza, 12 noviembre 2013, y había sido diagnosticado de la dolencia de claudicación intermitente, y sin embargo no hizo mención alguna a ello en el cuestionario de salud que le fue presentado; en cuanto a la uropatía obstructiva, porque a la fecha de la baja, la póliza ya no estaba en vigor; en cuanto a la

reclamación contra Vida Caixa SA desestima la misma por falta de cobertura de la póliza, Sevian Protec, sobre la invalidez absoluta y permanente, y por estar resuelta la póliza por impago de primas. En última instancia, la reclamación contra CaixaBank SA, --por daños y perjuicios --, se desechan por no corresponder a la entidad realizar los trámites para el cobro de las prestaciones contratadas, ya que su cumplimiento corresponde al asegurador siempre y cuando se den las condiciones para ello conforme a la póliza contratada.

Ante tal pronunciamiento, la representación procesal del actor interpone recurso de apelación con la pretensión de que se condene a la compañía de seguros Segur Caixa SA a abonar al actor en concepto de indemnización diaria de 60€, por la póliza número NUM000, más los intereses que correspondan según el artículo 20 de la LCS, por los días de baja que estipuló el perito judicial por las siguientes enfermedades, es decir, baja por meniscopatía 97 días, en cantidad de €5820; baja por claudicación intermitente, por 206 días a 60€ por día, la suma de 12,360€; y baja por uropatía obstructiva, 297 días de baja 60€ diarios, la cantidad de 17,820€. Asimismo solicita la condena de la anterior y de Vida Caixa SA a pagar la indemnización establecida en las condiciones particulares y generales de la póliza número NUM001 al beneficiario Caixa Bank SA, 100 × 100 de las cuotas mensuales por baja alternativa claudicación intermitente de fecha 21 abril 2014 hasta 14 noviembre 2014 y por baja por uropatía obstructiva de fecha 9 diciembre 2014 a 16 julio 2015, así como por la invalidez absoluta y permanente, con un máximo de 36 mensualidades en la cantidad que se determine en la ejecución de sentencia de la operación vinculada (préstamo en NUM002 suscrito con Caixa Bank SA en fecha 12 noviembre 2013). Solicita, también, se condene a Caixa Bank SA como beneficiario irrevocable que es a realizar los trámites necesarios para reclamar a las dos anteriores las cuotas del préstamo de claudicación intermitente, baja por uropatía obstructiva y por la invalidez permanente absoluta; y condena a Caixa Vida SA abonar al actor la cantidad de 90,000€ conforme a la póliza número NUM003 por las coberturas de insuficiencia renal crónica o por la invalidez permanente absoluta, más los intereses legales desde la fecha del siniestro.

Alega como motivos del recurso los siguientes: infracción de normas procesales, error en la valoración de la prueba e inaplicabilidad de los fundamentos de derecho de la resolución de instancia por contradecir la jurisprudencia atinente al caso; en esencia, significa que hay ausencia de valoración de los informes médicos obrantes en autos, y valoración errónea de una ficha médica de traumatología para determinar la fecha de diagnóstico de la claudicación intermitente.

SEGUNDO

El primer motivo de recurso incide, según se ha expuesto, en la infracción de normas procesales, alegando a tal fin que no le ha llegado de forma correcta la documentación presentada por las demandadas, pues faltan hojas de las firmas de los documentos, y que se han infringido los artículos 335 a 339, y 435.1 y 2 de la LEC, con indefensión, al no practicarse la prueba solicitada, tanto en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 23 de Marzo de 2022
    • España
    • 23 Marzo 2022
    ...PRIMERO La representación procesal Don Laureano interpuso recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia 241/2019, de 28 de junio, de la Audiencia Provincial de Zamora, sección 1.ª, dictada en el rollo de apelación 420/2017, que dimana del juicio ordinario ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR