AAP Barcelona 256/2019, 26 de Septiembre de 2019
Jurisdicción | España |
Fecha | 26 Septiembre 2019 |
Número de resolución | 256/2019 |
Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018
TEL.: 934866150
FAX: 934867109
EMAIL:aps11.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801942120198006053
Recurso de apelación 605/2019 -D
Materia: Monitorio
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona
Procedimiento de origen:Juicio Monitorio 58/2019
Parte recurrente/Solicitante: INVESTCAPITAL LTD.
Procurador/a: Marta Pradera Rivero
Abogado/a: VIOLETA (KRUK) MONTECELO GONZALEZ
Parte recurrida: Evelio
Procurador/a:
Abogado/a:
AUTO Nº 256/2019
Magistrados:
Maria del Mar Alonso Martinez (Presidente y Ponente) Antonio Gómez Canal Antonio José Martínez Cendán Barcelona, 26 de septiembre de 2019
En fecha 8 de julio de 2019 se han recibido los autos de Juicio Monitorio 58/2019 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Marta Pradera Rivero, en nombre y representación de INVESTCAPITAL LTD. contra Auto de fecha 31/01/2019 y en el que consta como parte apelada Evelio .
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "INADMITO A TRÁMITE la presente la papeleta de proceso monitorio y en consecuencia, se acuerda el ARCHIVO de las presentes actuaciones."
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 25/09/2019. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente a la Magistrada Maria del Mar Alonso Martinez .
Se recurre la inadmisión a trámite de la demanda de juicio Monitorio por la actora, viniendo acordado en el auto de instancia su inadmisión y el archivo de las actuaciones, bajo la consideración de que no se aporta la documentación precisa y que el redactado de la letra no permite el control judicial y hace presumir que se incumplió el requisito de transparencia.
El artículo 812 de la L.E.C. permite acudir al proceso monitorio a quien pretenda de otro el...
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