SAP León 111/2006, 3 de Mayo de 2006

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de León, seccion 2 (civil)
Número de resolución111/2006
Fecha03 Mayo 2006

ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZMANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIOANTONIO MUÑIZ DIEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00111/2006

Domicilio : C., EL CID, 20

Telf : 987/233159

Fax : 987/232657

Modelo : SEN04

N.I.G.: 24089 37 1 2006 0200214

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000076 /2006

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PONFERRADA

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000504 /2004

RECURRENTE : CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD

RECURRIDO/A : Jose Augusto

Procurador/a : ANA BELEN NOVOA MATO

Letrado/a : MARIA ASUNCION GONZALEZ FERNANDEZ

SENTENCIA NUM. 111/06

ILMOS. SRES.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

En León, a tres de Mayo de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de León, los Autos de Juicio verbal 504 /2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ponferrada , a los que ha correspondido el Rollo 76 /2006, en los que aparece como parte apelante CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, y como apelado D. Jose Augusto representado por la Procuradora Dª. Ana Belén Novoa Mato, y asistido por la Letrada Dª. Maria Asunción González Fernández, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado antes expresado, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Tadeo Morán en nombre y representación de CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, Don. Jose Augusto, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todas las pretensiones mantenidas contra ella, siendo las costas procesales de cuenta de la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia que lleva fecha 17 de septiembre de 2005 , se interpuso recurso por la parte apelante, y dado traslado a la parte apelada ante el Juzgado, por está se opuso al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, señalándose para la deliberación, el pasado 2 de Mayo de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la entidad "Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad", se formuló demanda contra D. Jose Augusto, en la que interesa se condene al mismo a abonarle la suma de 1.872,15 euros, cuyas pretensiones se basaban, substancialmente, en las siguientes alegaciones fácticas: El demandado, en su condición de Procurador de los Tribunales intervino en representación de la actora en el Juicio Ejecutivo núm. 231/95, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia núm. tres de Ponferrada, contra D. Jesús María, habiendo percibido inicialmente, en concepto de provisión de fondos, la cantidad de 150.000 pesetas (901,52 euros). Recaída sentencia en dicho Ejecutivo y practicada tasación de costas, a cuyo pago fue condenado el Sr. Jesús María, se procedió por este último a consignar en el Juzgado la suma de 256.230 pesetas (1.539,97 euros), a que ascendía aquella, y que fue retirada por el Procurador Sr. González Fernández. Los derechos y suplidos del citado Procurador, por su intervención en el citado Juicio Ejecutivo núm. 231/95 ascendió a 94.730 pesetas (569,34 euros). El exceso cobrado por el demandado se corresponde con el importe reclamado.

El demandado, al contestar la demanda, opuso la excepción de compensación de su deuda con determinados créditos de los que afirmó ser titular contra la entidad actora, derivados de su intervención profesional, en nombre de aquella, en otros procedimientos judiciales, de lo resultaba no venir adeudando cantidad alguna a aquella ya que incluso existiría un crédito a su favor.

La Sentencia de instancia, de acuerdo con todo lo anterior, realiza la compensación entre lo que entiende adeudado por cada parte y desestima la demanda y contra la misma, y en disconformidad con tal pronunciamiento, se interpone por la...

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