SAP Lugo 360/2007, 21 de Mayo de 2007
Ponente | JOSE RAFAEL PEDROSA LOPEZ |
ECLI | ES:APLU:2007:596 |
Número de Recurso | 272/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 360/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00360/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1.ª
SENTENCIA NÚMERO 360
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
Lugo, a veintiuno de mayo de dos mil siete.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º
272/2.007, dimanante del Juicio Verbal n.º 664/2.006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº
5 de Lugo sobre reclamación de cantidad; siendo apelantes los demandantes D. Jesús Luis y CIA. DE SEGUROS CASER, representados por el procurador Sr. Lorenzana
Teijeiro y asistidos del letrado Sr. Ares García y apelado el demandado TECOR AMIGOS DA
NATURALEZA DE MOSTEIRO y HERMUNDE, representado por la procuradora Sra. Sexto rivas y
asistido del letrado Sr. Tato Fernández; actuando como ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ.
Con fecha 29 de Diciembre de 2.006, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO:Que desestimando integramente la demanda interpuesta por el Procurador José Antonio Lorenzana Teijeiro actuando en nombre y representación de Jesús Luis debo absolver y absuelvo, al Tecor LU- 10.015 "Amigos de la Naturaleza de Mosteiro" y al Tecor LU-10.096 Hermunde. No procede la imposición de costas. ".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por D. Jesús Luis y Cía. de Seguros Caser, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
Se acepta la Fundamentación jurídica de la sentencia apelada, y
Son ya numerosas las sentencias de esta sala que han expuesto la aplicación de la Disposición Adicional Novena de la Ley 17/05 a los accidentes ocurridos a partir de su entrada en vigor en detrimento de la Ley de Caza de Galicia vigente en aquél momento (Sents. 18/11/06, 23/11/06, 27/11/06, 4/12/06, 16/5/07...etc), por lo que los accidentes como el que aquí nos ocupa sólo serán exigibles en cuanto a su responsabilidad a los titulares de los aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto a los propietarios de los terrenos cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado. Pues bien, la sentencia de instancia recurrida reconoce este punto de vista pero señala que la prueba practicada en autos no acredita que el accidente se haya producido como consecuencia de una acción de cazar en alguno de los cotos (tecores) demandados y señala que se necesitaría probar que en el momento del accidente, sobre las 19 horas del día 11 de Diciembre y en el lugar del siniestro se estaba cazando. La Sala no puede compartir esta opinión que resulta demasiado...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Soria 76/2011, 26 de Abril de 2011
...Esta postura no solo ha sido mantenida en anteriores ocasiones por esta Sala, sino que también ha sido mantenida por la SAP de Lugo de 21 de mayo de 2007, donde se indica que en "en el día del accidente de circulación tuvo lugar la montería y es claro que por ello se hubo de causar un estad......
-
SAP Soria 89/2009, 7 de Mayo de 2009
...actor, cuya cuantía no ha sido discutida. Esta postura no sólo ha sido mantenida por la Sentencia descrita, sino también por la SAP de Lugo de 21 de mayo de 2007 , donde se indica que si "en el día del accidente de circulación tuvo lugar la montería y ésta se hizo con perros, es claro que h......