SAP Barcelona 296/2007, 3 de Mayo de 2007

PonenteMARIA DOLORES PORTELLA LLUCH
ECLIES:APB:2007:4671
Número de Recurso139/2006
Número de Resolución296/2007
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 139/06

Procedente del procedimiento nº 531/04 Proc. Ordinario

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Manresa

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON

ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el

recurso de apelación nº 139/06 interpuesto contra la sentencia dictada el día 30 de mayo de 2005

en el procedimiento nº 531/04 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Manresa, en el

que son recurrentes MUTUAL FLEQUERA DE CATALUNYA, y apelado DÑA. Claudia, previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 3 de mayo de 2007

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la representación procesal de DÑA. Claudia contra la entidad aseguradora "MUTUAL FLEQUERA DE CATALUNYA" debo condenar y condeno a la mencionada demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de 9.966,18 euros (nueve mil novecientos sesenta y seis con dieciocho céntimos); más los intereses legales de dicha cantidad anteriormente mencionados, todo ello con expresa imposición de las costas procesales caudas en esta instancia a la parte demandada.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dña. Claudia instó demanda contra la entidad Mutual Flequera de Catalunya por las lesiones y secuela resultante, sufridas como consecuencia de un siniestro acaecido el día 10 de enero de 2004, cuando la ahora demandante viajaba como pasajera en el vehículo conducido por su esposo y asegurado en la demandada. El referido siniestro tuvo lugar en la carretera C-37 procedente de Solsona, sentido Manresa y consistió en atropello de un peatón que atravesó la referida calzada.

Por la entidad demandada se opuso la ausencia de la más leve negligencia en la conducta del conductor asegurado quien habría cumplido todas las normas de cuidado. Con carácter subsidiario, alegó pluspetición, argumentando que el perjuicio estético era ligero y acompañando reclamación de la actora de fecha 10 e febrero de 2004 en que cifraba todos los perjuicios padecidos, en la suma de 2.190,66 euros.

La sentencia dictada en la instancia estimó la demanda aduciendo, respecto a la responsabilidad del asegurado, que el supuesto acaecido no podía ser asimilado a un caso de fuerza mayor, reseñando las diferencias que la jurisprudencia había fijado entre la indicada causa de exclusión de responsabilidad, y el caso...

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