SAP Murcia 126/2007, 2 de Abril de 2007
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2007:944 |
Número de Recurso | 417/2006 |
Número de Resolución | 126/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
MURCIA
SENTENCIA: 00126/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 002
Domicilio : RONDA DE GARAY S/N MURCIA
Telf : 968 229141
Fax : 968 229138
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2006 0201861
ROLLO : RECURSO DE APELACION 0000417 /2006
Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de MURCIA
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000013 /2006
RECURRENTE : PAC-AYALA S.L.
Procurador/a : JOSE JULIO NAVARRO FUENTES
Letrado/a :
RECURRIDO/A : ALLIANZ CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
Procurador/a : FRANCISCO DE ASIS BUENO SANCHEZ
Letrado/a :
AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 417/2006
SECCIÓN SEGUNDA J. Murcia nº Once
MURCIA Verbal de Tráfico 13/2006
S E N T E N C I A nº 126 / 2007
Ilmos Sres.:
Don Abdón Díaz Suárez
Presidente
Dª María Jover Carrión
Don Fernando López del Amo González
Magistrados
En Murcia, a dos de abril de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal de Tráfico nº 13/2006 que en Primera Instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Once entre las partes: como actora y apelante "Pac-Ayala, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. Navarro Fuentes y dirigida por el Letrado Sr/a. Morera Pastor, y como demandada y apelada Humberto y "Allianz Seguros, S.A.", representada por el Procurador Sr/a. Bueno Sánchez y dirigida por la Letrada Sr/a. Vidal Pérez. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 29 de marzo de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. José Julio Navarro Fuentes en nombre y representación de Pac Ayala S.L. contra D. Humberto y contra "Allianz Seguros S.A.", representados por el Procurador D. Francisco Bueno Sánchez, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contenidas en la demanda, con imposición de las costas procesales a la parte actora".
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por "Pac- Ayala, S.L." basándolo en síntesis en que se estimara su demanda.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 417/2006; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 29 de marzo de 2.007.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Dictada sentencia desestimando la demanda formulada por la mercantil "Pac-Ayala, S.L." contra Humberto y "Allianz Seguros, S.A.", aquélla pretende la revocación de la misma a fin de que se estimen sus pretensiones y el conductor del turismo Citröen y su aseguradora le abonen la cantidad reclamada por los daños producidos por el Citröen del codemandado cuando realizó marcha atrás golpeando a BMW del actor en su lateral delantero izquierdo.
La carga de la prueba corresponde a la parte que alega un determinado hecho conforme al artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que pueda admitirse la inversión de la carga de la prueba en los supuestos en que el resultado dañoso o lesivo sea producido por la concurrencia de dos vehículos; no siendo suficiente pues las simples alegaciones para dictar una sentencia condenatoria al ser preciso que exista prueba del modo en que el accidente se produjo, prueba que puede ser tanto directa como indirecta o de presunciones.
En el presente caso esta Sala discrepa de las conclusiones a la que ha llegado la Juzgadora de Instancia dado que considera acreditada la forma en que se produjo el accidente y los daños producidos conforme a la tesis de la mercantil actora.
Ello es así aun cuando las...
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