SAP Murcia 48/2007, 12 de Febrero de 2007

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2007:268
Número de Recurso15/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución48/2007
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00048/2007

Rollo núm. 15/07.

Apelación Civil.

S E N T E N C I A NÚM. 48/2.007

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a doce de Febrero de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 12 de Murcia, con el núm. 275/06, entre las partes: como actor en primera instancia y apelante en esta alzada, D. Alfonso, en ambas instancias representado por el Procurador D. Francisco Bueno Sánchez y defendido por el Letrado D. Juan José Alonso Hernández; como demandados en primera instancia y apelados en esta alzada, a) D. Federico, en ambas instancias representado por el Procurador D. Carlos Sagaseta López y defendido por el Letrado D. José Moreno Clave; b) la entidad CATALANA OCCIDENTE, S.A., en ambas instancias representada por el Procurador D. Francisco Aledo Martínez y defendida por el Letrado D. José Moreno Clavel; y la entidad CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, en ambas instancias representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado Sustituto.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 17 de mayo de 2.006, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Francisco Bueno Sánchez, en nombre de D. Martínez Tornel Mateo, contra D. Federico, Catalana Occidente y Consorcio de Compensación de Seguros y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del actor, siéndole admitido, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose las partes apelante y apeladas y señalándose Deliberación y Votación para el día 12 de febrero de 2.007.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre del demandante, D. Alfonso se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estimase íntegramente la demanda, en la que se reclama la cantidad de 1.302,24 euros, por daños materiales y personales, dimanantes del accidente de circulación ocurrido el día 15 de marzo de 2.005, alegando la existencia del error en la aplicación e interpretación de las normas; en que no se discutió la responsabilidad en el accidente del demandado, D. Federico ni las lesiones sufridas por el demandante; que la falta de legitimación apreciada en instancia en modo alguno puede afectar a la indemnización por lesiones y que aunque el actor no aparece como titular en la Jefatura de Tráfico de la motocicleta es el propietario de la misma.

La sentencia de instancia desestima la demanda al apreciar la falta de legitimación activa al no haberse acreditado...

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