SAP Valencia 138/2000, 16 de Febrero de 2000
Ponente | FRANCISCO JOSE FERRANDO ZURIAGA |
ECLI | ES:APV:2000:1103 |
Número de Recurso | 1094/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 138/2000 |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 138 SECCIÓN SÉPTIMA
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidente
D. Francisco J. Ferrando Zuriaga
Magistrados:
D. José Manuel Valero Díez
Dª. Carmen Tamayo Muñoz
En la ciudad de Valencia a dieciséis de Febrero de dos mil.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 324/98, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valencia, entre partes; de una, como demandante-apelada, Dª. María Milagros , representada por la Procuradora Dª. Carmen Vidal Vidal y asistida de Letrado; de otra, como demandados-apelados, Dª. Isabel y "Groupama Ibérica S.A., Cía. de Seguros", representada por la Procuradora Dª. Paula García Vives y asistida de Letrado; y de otra, como demandado-apelado, el "Consorcio de Compensación de Seguros", representado por y defendido por el Sr. Abogado del Estado. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Francisco J. Ferrando Zuriaga.
En los expresados autos y con fecha 15 de Octubre de 1.999 se dictó la Sentencia, cuyaparte dispositiva es como sigue: "Fallo: Que estimando como estimo la demanda de juicio verbal formulada por el Procurador de los Tribunales D/ña. María José Victoria Fuster, en nombre y representación de Groupama Ibérica S.A. Cía. de Seguros y Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a dicho Consorcio a que abone al actor en concepto de principal, la suma de 173.507 ptas., con la deducción de la franquicia de 35.000 ptas., más los intereses del art. 921 L.E.C. y al pago de las costas causadas, e igualmente que desestimando como desestimo la citada demanda respecto de los otros dos demandados debo absolver y absuelvo a los mismos de sus pedimentos con imposición de las costas por ellos causadas a la actora".
Contra dicha Sentencia, por la representación del Consorcio, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y se remitieron los autos a este Tribunal. Tramitado el recurso, se señaló para la Votación y Fallo del mismo el día 1 de Febrero de 2.000, en el que ha tenido lugar.
Para mejor proveer y con suspensión del término para dictar Sentencia, se acordó por la Sala en resolución del mismo día 1 de Febrero, expedir despacho al Juzgado de instancia, a fin de que remitieran testimonio íntegro de la...
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