SAP Las Palmas 293/2004, 6 de Abril de 2004

PonenteANGEL GUZMAN MONTESDEOCA ACOSTA
ECLIES:APGC:2004:1109
Número de Recurso160/2004
Número de Resolución293/2004
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

SENTENCIA 293

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Angel Guzmán Montesdeoca Acosta (Ponente)

Magistrados:

D./Dª. Carlos García Van Isschot

D./Dª. Juan José Cobo Plana

En Las Palmas de Gran Canaria , a 6 de abril de 2004 .

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 2 de abril de 2003

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Gonzalo , Beatriz y Aegon

VISTO, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandante y demandada , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA de fecha 2 de abril de 2003 , instados esta apelacion a instancia de D./Dña. Gonzalo , Beatriz y Aegon representados por el Procurador D./Dña. Margarita Martel Moreno, Oscar Muñoz Correa, respectivamente y dirigidos por los Letrados D./Dña. Francisco Arbelo Cruz, Maria Jose Del Toro Sanchez respectivamente .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice:"Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Dª Margarita Martel Moreno en nombre y representación de D. Gonzalo debo absolver a los codemandados Dª. Beatriz y AEGON de todos los pedimentos contenidos en la demanda, con imposición al actor de las costas causadas en la demanda.

Que igualmente desestimando la demanda reconvencional formulada por el Procurador D. Oscar Muñoz Correa en nombre y representación de Dª. Beatriz debo absolver a los codemandados D. Gonzalo y MAPFRE GUANARTEME de todos los pedimentos contenidos en la reconvención, todo ello con imposición de las costas de la misma a los reconvinientes."

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 2 de abril de 2004 .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la Sentencia el Iltmo. Sr. D. Angel Guzmán Montesdeoca Acosta ,quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia que desestima la demanda y la reconvención, como hemos transcrito más arriba, se fundamenta en que no ha quedado acreditada la mecánica del accidente en cuento a las supuestas conductas negligentes de cada uno de los conductores, pues ambos atribuyen al otro la responsabilidad del evento causante de los daños materiales de los vehículos

La demandada y reconviniente Dª Beatriz y y la Compañia de Seguros AEGON apelan la anterior resolución alegando error en la valoración de la prueba y solicitan la estimación de la demanda reconvencional en todos sus extremos.

El actor, D. Gonzalo , también apela la sentencia, alegando, igualmente, la existencia de error en la valoración de la prueba, e interesa la revocación de la...

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