SAP Granada 753/1997, 15 de Octubre de 1997

PonenteMARIA VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ
Número de Recurso293/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución753/1997
Fecha de Resolución15 de Octubre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Granada

SENTENCIA Nº 753

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ANTONIO MOLINA GARCIA

MAGISTRADOS:

D. CARLOS J. DE VALDIVIA

Dª Mª VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ

En la Ciudad de Granada,a quince de Octubre de mil novecientos noventa y siete

La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres al margen relacionados, ha visto en grado de apelación los precedentes autos de J. Verbal, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Granada, seguidos a virtud de demanda de D. Rafael , vecino de Granada, Crta. Antigua de Málaga 89, 4º F, el cual ha designado a efectos de notificaciones el domicilio de la Procuradora Sra. Barcelona Sánchez, contra D. Ignacio , vecino de Granada, c/ DIRECCION000 blq. NUM000 , NUM001

, el cual ha designado a efectos de notificaciones el domicilio de la Procuradora Sra. López-Marín Pérez, y EL CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, el cual ha designado a efectos de notificaciones el domicilio del Letrado del Consorcio.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida sentencia, fechada en 19-11-96 , contiene el siguiente Fallo: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Dª Mª Cristina Barcelona Sánchez, en nombre y representación de D. Rafael , debo condenar y condeno solidariamente a D. Ignacio y al Consorcio de Compensación de Seguros al abono de la cantidad de UN MILLON DIECISIETE MIL DOSCIENTAS CATORCE PESETAS (1.017.214 pts.) más los intereses legales en los términos previstos enel fundamento jurídico tercero de esta resolución, absolviéndoles del resto de los pedimentos contenidos en el suplico de aquélla, y siéndole de aplicación al Consorcio de Compensación de Seguros la franquicia de

70.000 pts prevista legalmente, Sin hacer expresa imposición de las costas en relación a los mismos. Que debo absolver y absuelvo a la Cía MultinacionaL Aseguradora de los pedimentos aducidos en su contra en el suplico de la demanda imponiéndole al codemandado Sr. Ignacio las costas vertidas por aquélla en la instancia. Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el término de cinco días, ante este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de Granada, debiendo para ello los condenados al pago acreditar fehacientemente haber constituido dentro de dicho plazo depósito en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones núm. 1.765, bajo la clave 13, que este Juzgado tiene abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, oficina principal de Granada y por cuenta de dichos autos, del importe de la condena incrementado en los intereses y recargos legales".

SEGUNDO

Que sustanciado y seguido el presente recurso por sus trámites ante esta Iltma. Audiencia Provincial en virtud de apelación...

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