SAP Tarragona, 26 de Febrero de 2001

PonenteAGUSTIN VIGO MORANCHO
ECLIES:APT:2001:389
Número de Recurso314/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 3ª

SENTENCIA N°

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. AGUSTIN VIGO MORANCHO

MAGISTRADOS

Dª. Mª ANGELES GARCIA MEDINA

D. JUAN CARLOS ARTERO MORA

En Tarragona, a veintiséis de febrero de dos mil uno.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, integrada por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha VISTO y admitido el presente recurso de apelación, interpuesto por MUSSAP representado en la instancia por la Procuradora Luisa Ginés Díaz contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de El Vendrell en fecha 3 de abril de 2000, en Autos de Juicio Verbal núm. 9/99 en los que figura como demandante Cesar y como demandados Rubén y MUSSAP.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO y dando por reproducidos los de la Sentencia recurrida.

PRIMERO

La sentencia apelada contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Jaime Andrés Vidal en nombre y representación de D. Cesar contra la entidad aseguradora MUSSAP en juicio verbal civil número 9/99, debo condenar y condeno a dicha demandada a pagar al actor la cantidad de seiscientas veinticinco mil ochocientas veintiuna pesetas (625.821 pesetas) más el 20% de la citada cantidad desde la producción del siniestro, teniendo a la actora por desistida de su acción respecto de D. Rubén , todo ello si especial pronunciamiento sobre costas del presente procedimiento".

SEGUNDO

Que contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora sobre la base de las alegaciones que son de ver en el escrito de alegaciones presentado.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formularan adhesión o impugnación, por la parte demandada se interesa la confirmación de la sentencia apelada.

VISTO y siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTIN VIGO MORANCHO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra su pretensión el apelante en los siguientes motivos: Falta de legitimación activa del demandante, prescripción, error en la apreciación de la prueba e indebida aplicación del art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro en cuanto a la condena a los intereses legales que se establecen en el mencionado artículo. En cuanto al primer motivo de apelación, la falta de legitimación activa del demandante referenciar que de acuerdo a lo manifestado por el conductor demandante en prueba de confesión en juicio el vehículo que conducía es de su propiedad al estar a su nombre. De la prueba documental consistente en testimonio de las actuaciones penales habidas en relación al mencionado accidente, se infiere que el conductor era el tomador del seguro del automóvil y que el permiso de circulación del mencionado vehículo estaba a su nombre; sin que la apelante haya acreditado en modo alguno la falta de titularidad del demandante del vehículo siniestrado. Por lo que procede desestimar el primer motivo de apelación. En cuanto al motivo alegado por el recurrente de que se ha producido la prescripción de la acción de reclamación al haber transcurrido aproximadamente tres años desde la fecha del accidente hasta la fecha de la interposición de la demanda; manifestar que el inicio de las acciones penales contra el conductor del vehículo asegurado por la apelante, interrumpe el plazo de prescripción de un año en materia de responsabilidad civil extracontractual. De la prueba practicada, consistente en el testimonio de las mencionadas diligencias penales, se desprende que el demandante efectúa la denuncia penal tres meses después de la fecha de acaecimiento del accidente; por tanto dentro de los plazos legales para las faltas; y que el archivo de las mencionadas diligencias penales se acuerda en fecha de Noviembre de 1.998. Por tanto, la presentación de la demanda, en el mes de Enero de 1.999, se realiza dentro del plazo de un año a contar desde la fecha de la finalización de las actuaciones penales las cuales interrumpieron la...

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