SAP Albacete 311/2000, 15 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA DEL CARMEN GONZALEZ CARRASCO
ECLIES:APAB:2000:1214
Número de Recurso407/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución311/2000
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

SENTENCIANUM 311/00

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos Sres:

Presidente:

DON ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA

Magistrados:

DON FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA

DOÑA MARIA DEL CARMEN GONZÁLEZ CARRASCO

En Albacete, a 15 de diciembre de 2000

VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida, a la parte demandante FIATC, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representado por el Procurador DON LUIS LEGORBURO MARTINEZ, contra CACHISPA, S.A. Y C.L. ESCOBAR SÁNCHEZ S.L. representados por el Procurador DON JOSE LUIS SALAS RODRIGUEZ DE PATERNA, Pedro Antonio ( rebelde ) , y por la incomparecencia del demandado apelado este lo ha estado en los Estrados de este Tribunal. ACEPTANDO: Los antecedentes de la sentencia apelada cuya parte dispositiva dice así: Estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Legorburo Martínez en nombre y representación De FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, y declaro la responsabilidad civil de C.L. ESCOBAR SÁNCHEZ S.L. y la de Pedro Antonio conductor causante de los daños, y la responsabilidad contractual de CACHISPA DE SEGUROS S.A, ( respecto de su asegurada ), para que de forma solidaria abonen a la actora la cantidad que en ejecución de sentencia quede determinada por la reparación efectuada en el vehículo asegurado por la demandante, quien recibirá la cuantía una vez fijada, en virtud de subrogación respecto a su asegurado perjudicado. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La relacionada resolución de veintinueve de Mayo de dos mil, se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial SecciónSegunda, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día y hora para la votación y Fallo de la presente apelación el veintiocho de Noviembre de dos mil.

SEGUNDO

Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. MAGISTRADA DOÑA MARIA DEL CARMEN GONZÁLEZ CARRASCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la entidad aseguradora demandante, apelante en esta alzada, se recurre Sentencia que, entendiendo que el objeto del proceso se limita a determinar el concepto por el que se reclaman los daños causados al camión propiedad del actor, y más en concreto, la forma de subsanación de los mismos, a través de la sustitución del parachoques dañado o simplemente, por medio de una simple reparación, estima la demanda de la aseguradora subrogada en el sentido de otorgar a la misma el coste de la simple reparación que estima probada, remitiendo la cuantía de la reparación a la fase de ejecución de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR