SAP Córdoba 48/2003, 20 de Febrero de 2003

PonenteJUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
ECLIES:APCO:2003:295
Número de Recurso30/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución48/2003
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 48/03

AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE

D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO

MAGISTRADOS

D. JUAN RAMÓN BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE

D. ANTONIO JIMÉNEZ VELASCO

APELACIÓN CIVIL

ROLLO 30/03

AUTOS 786/02

JUICIO VERBAL

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE CÓRDOBA

En Córdoba a veinte de Febrero dos mil tres.

Vistos por esta Sala los autos de juicio Verbal nº 786/02 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Córdoba, entre Don Emilio , representado por el procurador Sr./a. Doña Mª del Mar Montero Fuentes Guerra, y asistido del letrado Sr./a Montero Fuentes Guerra, contra Doña Amelia y la entidad Mutual General de Seguros, Sociedad Mutua a Prima Fija de Seguros y Reaseguros, representado por el Procurador/a Sr./a. Doña Miriam Martón Guillen y asistido del letrado Sr./a.Don Adolfo Viguera Sánchez pendientes ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en estos autos. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN RAMÓN BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada. Primero.- Seguido el juicio en todos sus trámites se dictó sentencia por el Magistrado- Juez, cuya parte dispositiva dice: , Que desestimando la demanda formulada por la representación procesal de D. Emilio absuelvo a DOÑA Amelia y a la entidad MUTUA GENERAL DE SEGUROS, Sociedad Mutua a prima fija de Seguros y Reaseguros, de las pretensiones deducidas en su contra; con expresa condena en las costas del procedimiento a la parte actora". Segundo.- Contra dicha resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por D. Emilio , siendo parte apelada Doña Amelia y Mutua General de Seguros y, recibidos los autos en esta Audiencia, se les dio el trámiteestablecido en la ley, estándose en el caso de dictar sentencia. Tercero.- En la tramitación de ambas instancias, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto por el actor d. Emilio denuncia infracción de ley por aplicación errónea del art. 1902 cc. y del art. 1 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor en relación con los artículos 32 y 33 de la Ley sobre Tráfico Circulación de Vehículos a motor y Seguridad vial. Entiende el recurrente que analizando la conducta de ambos conductores y la testifical de D. Jose Daniel que el accidente se produjo por la única responsabilidad de la demandada que circulando con su vehículo detrás del actor, no respetó la preferencia de paso de que gozaba éste y pretendió adelantarle por su derecha (sin espacio para ello). Limitada, por tanto, la cuestión litigiosa por lo que se refiere al fondo del asunto a problemas de hecho, al recurso de apelación se limita con reiteración de los mismos argumentos utilizados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR