SAP Baleares 447/2002, 5 de Septiembre de 2002

PonenteCATALINA MARIA MORAGUES VIDAL
ECLIES:APIB:2002:2243
Número de Recurso308/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución447/2002
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

SENTENCIA N°447

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON CARLOS GOMEZ MARTINEZ

MAGISTRADOS:

DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS

DOÑA CATALINA MORAGUES VIDAL

En PALMA DE MALLORCA, a cinco de Septiembre de dos mil dos.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Verbal, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Manacor, bajo el número 131/1999, Rollo de Sala numero 308/2002, entre partes, de una como actora-apelante Dª Flor , representada por el Procurador Sr. Gayá Font y asistida por el Letrado Sr. Llull Quetglas, de otra, como demandados-apelados Dª Milagros , en situación de rebeldía procesal, Dª María Virtudes , representada por el Procurador Sr. Perello Oliver y asistida por el Letrado Sr. Tarrago Garriga y la entidad aseguradora Gan Seguros, asistida por el Letrado Sra. Arco López.

ES PONENTE la Magistrada Iltma. Sra. Doña CATALINA MORAGUES VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado Primera Instancia núm. Uno de Manacor, se dictó sentencia en fecha 7 de Abril de 2000, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda promovida por la representación procesal de Dª Flor contra Dª Milagros , Dª María Virtudes y GAN SEGUROS, DEBO CONDENAR Y CONDENO Dª Milagros a pagar al actor la cantidad de DOSCIENTAS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO PESETAS (224.854 PTAS), así como al pago de los intereses legales de dicha cantidad. Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Dª María Virtudes y a la entidad GAN SEGUROS de todas las pretensiones contenidas en el escrito de demanda. Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites por esta Sala se acordó para votación y fallo el día 5 de Septiembre de 2002.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS No se aceptan los de la sentencia apelada en lo que se opongan a los que siguen:

PRIMERO

Doña Flor , interpuso demanda de juicio verbal contra Doña Milagros , conductora del vehículo Renault 25, VT-....-UT , Doña María Virtudes en calidad de propietaria del citado Turismo y contra la entidad Gan Seguros, como aseguradora, en reclamación de la cantidad de 224.854.- ptas importe de la reparación de los daños ocasionados al vehículo de su propiedad, Suzuki- CJ-....-CM , daños que se le causaron en el accidente de tráfico acaecido el día 23 de mayo de 1998. Relata la demandante en aquel escrito inicial que, en la citada fecha, su hermano, D. Evaristo , conducía debidamente autorizado el vehículo de su propiedad por la calle Jordi Sureda de Manacor, cuando, al llegar a la confluencia con la calle Jaime III, su trayectoria fué interceptada por el turismo Renault 25, VT-....-UT , que no respetó la señal de "ceda el paso" que le obligaba. A raíz de la colisión intervino la Policía Local de Manacor.

Al acto del juicio comparecieron la Sra. María Virtudes y la entidad aseguradora, oponiéndose ambas a la demanda contra ellas interpuesta, ya que, si bien no negaban el hecho del accidente, la causa del mismo y los daños cuya reparación se reclamaban en la demanda, alegaban su falta de legitimación pasiva, ya que la aseguradora negaba tener concertado seguro alguno con el vehículo causante del accidente, y, la Sra. María Virtudes , afirmaba que había procedido a vender el turismo Renault 25, previamente a la fecha del accidente a un hermano suyo y le constaba que éste lo había vendido posteriormente.

La sentencia que concluye la primera instancia, resuelve estimar la demanda únicamente respecto a la codemandada rebelde Dª Milagros , absolviendo a Dª María Virtudes y a la aseguradora Gan Seguros, por entender que resulta acreditado que, por una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR