SAP Albacete 220/2001, 31 de Diciembre de 2001

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2001:1018
Número de Recurso93/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución220/2001
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 220

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

D. Francisco Espinosa Serrano

D. José García Bleda

En Albacete a treinta y uno de diciembre de dos mil uno.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos n° 93/01 de juicio ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 6 de Albacete y promovidos por Ángel y Marí Trini contra Previsión Española, S.A. de Seguros y Reaseguros; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 15 de junio de 2.001 por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso el referido demandado, representado por medio del Procurador D. Gerardo Gómez Ibáñez, bajo la dirección del Letrado D. Angel Hernando Barberán, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, habiéndose presentado escrito de oposición al recurso de apelación por la parte demandante representada por la Procuradora Dª. Rosario Rodríguez Ramírez, bajo la dirección de la Letrado De. Cristina García García. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 5 de octubre de 2.001.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo estimar íntegramente las pretensiones formuladas por la Procuradora Dª. ROSARIO RODRIGUEZ RAMIREZ actuando en nombre y representación de D. Ángel y Dª. Marí Trini , declarando como declaro la nulidad del art. 16 -d de las condiciones generales de la póliza de seguros n° 31.018.931.7, suscrita por D. Ángel y la demandada PREVISION ESPAÑOLA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS y condenando comocondeno a PREVISION ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS, a abonar a D. Ángel Y Dª. Marí Trini

    , la cantidad de 2.500.000 pesetas más los intereses legales correspondientes desde la fecha de fallecimiento de su hijo D. Jesús Ángel , ocurrido el día 15 de Octubre de 2.000 hasta su total solvencia con expresa imposición de costas a la demandada.- Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.".

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la representación de la demandada, en base a las alegaciones que constan en el escrito de formalización de dicha apelación, y emplazada la parte demandante, por la misma se presentó en tiempo y forma el correspondiente escrito de oposición al recurso de apelación ante el Juzgado de Instancia, elevándose los autos originales a esta audiencia para su resolución.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia en esta instancia por el volumen de trabajo del Iltmo. Sr. Magistrado Ponente.

    VISTO siendo Ponente el Ilmo.. Sr. D. José García Bleda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de Previsión Española S.A. de Seguros y Reaseguros, apelante en esta alzada, solicita revocación de la sentencia dictada en primera instancia y que se dicte otra desestimatoria de la demanda.

SEGUNDO

Alega la entidad recurrente que al figurar en la póliza en las condiciones generales que fueron aceptadas de forma específica por los actores como riesgo excluido los ocasionados por el uso de motocicletas o ciclomotores sea como conductor o como ocupante, cláusula que por aparecer suficientemente destacada con relación a las...

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