SAP Granada 522/2002, 23 de Julio de 2002

PonenteJUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ
ECLIES:APGR:2002:1955
Número de Recurso36/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución522/2002
Fecha de Resolución23 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓND. JUAN FRCO RUIZ RICO RUIZD. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCION CUARTA

ROLLO N°: 36/02

JUZGADO: BAZA DOS.

J. VERBAL N° 103/01

PONENTE SR: JUAN FRCO RUIZ RICO RUIZ.

SENTENCIA NUM. 522

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN

MAGISTRADOS

D. JUAN FRCO RUIZ RICO RUIZ Y

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ.

En la Ciudad de Granada a Veintitrés de Julio de 2.002. La Sección Cuarta de esta Iltma.

Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación los precedentes autos de juicio Verbal n° 103/01, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de los de Baza, en virtud de demanda de D. Humberto , que ha designado para oír notificaciones en esta instancia al Procurador Sr. Lozano Cervantes, contra D. Octavio , que ha nombrado al Procurador Sr. Morales García, para oír notificaciones en esta alzada.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en Doce de Noviembre de 2.001, contiene el siguiente Fallo: " Estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Juan Luis Lozano Cervantes, en nombre y representación de d. Humberto , contra D. Octavio , representado por el Procurador D. Andrés Morales García debo condenar y condeno al demandado a reintegrar al actor en su posesión en la parte del Camino de la torre afectada por las obras, absteniéndose el Sr. Octavio de realizar actos que la inquieten o perturben, reponiendo inmediatamente el paso litigioso a su estado anterior, bajo apercibimiento de realizarlo forzosamente y a su costa, así como al pago de las costas procesales devengadas en ésta instancia ".

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, se dio traslado a las demás partes para su oposición o impugnación, elevándose posteriormente las actuaciones a éste Tribunal señalándose día y hora para Votación y Fallo.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN FRCO RUIZ RICO RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para que prospere la acción interdicta) o de tutela sumaria de la posesión en la nueva L.E.C., es precisa la existencia de una previa posesión que venga ejecutada por el actor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAP A Coruña 375/2013, 12 de Diciembre de 2013
    • España
    • Audiencia Provincial de Coruña, seccion 5 (civil)
    • 12 d4 Dezembro d4 2013
    ...de hallarse en el círculo de personas beneficiadas por tal actuación que han tenido conocimiento de ella. En términos de la SAP de Granada 522/2002, de 23 de julio, Por último, la acción interdictal está sujeta a un plazo de caducidad de un año ( art. 460.4º CC y art. 439.1 de la Ley de Enj......
  • SAP A Coruña 179/2012, 29 de Junio de 2012
    • España
    • 29 d5 Junho d5 2012
    ...fueron encargadas por su marido, que es también quien solicitó la licencia. Siguiendo la doctrina tradicional, expuesta en la SAP Granada de 23 julio 2002, no es exigible al demandante una exhaustiva investigación hasta llegar al sujeto originariamente determinante del acto antiposesorio. L......
  • SAP Albacete 30/2004, 8 de Marzo de 2004
    • España
    • 8 d1 Março d1 2004
    ...a la posesión de los bienes o derechos, lo que habrá de resolverse a través del juicio declarativo correspondiente. ( SAP Granada (Secc. 4ª) de 23 de julio de 2002 -Aranzadi AC 2002/1560 El acento no debe ponerse en el derecho de inmisión de la familia directa del demandado, sino en la situ......
  • SAP Tarragona 111/2005, 3 de Marzo de 2005
    • España
    • 3 d4 Março d4 2005
    ...S.A.P. Murcia 11 abril 1983, S.A.P. Barcelona 2 octubre 1989, S.A.P. Zaragoza 17 septiembre 199, S.A.P. Sevilla 18 julio 2000, S.A.P. Granada 23 julio 2002 ). CUARTO Se alega como tercer motivo del recurso de apelación la inadecuación del procedimiento interdictal utilizado, ya que el derri......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR