SAP Cuenca 27/2003, 5 de Febrero de 2003

PonenteLEOPOLDO PUENTE SEGURA
ECLIES:APCU:2003:57
Número de Recurso4/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución27/2003
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca

SENTENCIA NUM. 27/2003

En la ciudad de Cuenca, a cinco de febrero del año dos mil tres.

Vistos en trámite de recurso de apelación los- autos de juicio ordinario número 86/2.002 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de Cuenca y su partido, sobre acción reivindicatoria, promovidos a instancia de DON Gabriel , mayor de edad y provisto de DNI. número NUM000 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Marta González Alvaro y asistido técnicamente por la Letrada Dª Milagros Doler Palasí; contra Juan Pablo , mayor de edad y provisto de DNI. número NUM001 y DOÑA Francisca , también mayor de edad y provista de DNI. número NUM002 , representados por la Procuradora de los Tribunales Dª María Jesús Porres del Moral y asistidos técnicamente por el Letrado Don Ismael Cardo Castillejo; y contra la entidad mercantil COMPAÑÍA PROMOTORA CONQUENSE, SL., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María del Rosario Pinedo Ramos y asistida técnicamente por el Letrado Don Rafael Matas Cuellar; en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en primera instancia de fecha tres de octubre del pasado año, siendo apelada la parte demandada, y habiendo sido ponente el Iltmo. Sr. Don Puente Segura.

ANTECEDENTES DE HECHO

I

En los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha tres de octubre del año dos mil dos en cuya parte dispositiva se establecía, literalmente: "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª Marta González Alvaro, en nombre y representación de Don Gabriel contraPromotora Conquense, SL., Don Juan Pablo y Dª Francisca , debo absolver y absuelvo a estos últimos de las pretensiones a las que se contrae la presente demanda, con expresa imposición de las costas al actor".

II

Contra la anterior sentencia se preparo y después interpuso por la representación de la parte actora recurso de apelación en tiempo y forma, recurso que fue admitido a medio de providencia de fecha veintiocho de noviembre del pasado año, dándose traslado a las partes contrarias para que pudieran presentar escrito de oposición al recurso.

III

Con fecha trece de diciembre del año dos mil dos, Dª María del Rosario Pinedo Ramos, Procuradora de los Tribunales y de la mercantil Promotora Conquense Urbana, SL. presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación formulado de contrario e interesando la integra confirmación de la resolución recurrida.

Igualmente, con fecha dieciséis de diciembre del mismo año, Dª María Jesús Porres del Moral, Procuradora de los Tribunales y de Don Juan Pablo y Dª Francisca presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación mantenido por la parte actora e interesando la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.

IV

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se procedió a formar el correspondiente rollo, asignándosele el número del margen, turnándose ponencia y habiéndose cumplido la totalidad de las previsiones legales, sin que se estimara necesaria la celebración de vista, y señalándose para que tuviera lugar la correspondiente deliberación, votación y fallo el siguiente día cinco de febrero del presente año.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida, que habrán de tenerse aquí por íntegramente reproducidos.

I

La demanda rectora del presente procedimiento se culminaba con la siguiente pretensión o suplico: "Se reconozca la propiedad de mi representado de la plaza de garaje n° NUM003 , semisótano de la CALLE000 n° NUM004 , con una superficie de 13.50 metros útiles, según consta en escritura de propiedad y en el informe del arquitecto; y se condene a los demandados a que retiren la línea divisoria entre la parcela de mi representado y la del Sr. Juan Pablo (y su esposa), restituyendo al actor en su propiedad". Es decir, como, a...

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