SAP Lugo 73/2004, 17 de Marzo de 2004

PonenteMARIA LUISA SANDAR PICADO
ECLIES:APLU:2004:304
Número de Recurso56/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución73/2004
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

sentencia nº 73

En Lugo, a diecisiete de marzo de dos mil cuatro.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 56/04, dimanante de los autos de Ordinario nº 101/01, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia 2 de Monforte, sobre acción reivindicatoria y subsidiariamente deslinde. Es parte apelante D. Juan María , representado por el Procurador Sra. Vallejo González y apelado D. Germán , representado por el Procurador Sra. Sabariz García (Erlina); y como no comparecida Doña Gloria . Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala la Magistrada Ilma. Sra. Dª MARIA LUíSA SANDAR PICADO.

antecedentes de hecho

PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia 2 de Monforte en fecha treinta de mayo de dos mil tres, dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales, Sra. Seoane Portela, en nombre y representación de D. Juan María contra Doña Gloria , representada por el procurador de los Tribunales Sr. Rodríguez Cedrón, y contra D. Germán , representado por el Procurador de los Tribunales, Sr. Gómez Zunzunegui y teniendo por ineficaz el allanamiento prestado por Doña Gloria por las razones expuestas en el fundamento de derecho segundo de esta resolución debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos, con imposición de costas al actor.

SEGUNDO

Interpuesto el recurso de apelación contra la citada sentencia el mismo fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a la Audiencia provincial correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

Fundamentos de derecho

PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia que se recurre; y además:

SEGUNDO

Ejercita la parte actora una acción reivindicatoria y subsidiariamente y en caso de no prosperar la primera que se llevase a cabo el deslinde de las fincas que le pertenecen.

Para el ejercicio de la acción reivindicatoria, así como para la declarativa del dominio, es preciso como uno de sus elementos determinantes que se proceda a la identificación de la finca que pretende reclamarse, esa identidad viene configurada como la propia fijación física de la finca en el terreno sobre el que se asienta, es decir...

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