SAP Murcia 7/2005, 12 de Enero de 2005

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2005:69
Número de Recurso365/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución7/2005
Fecha de Resolución12 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 7/2.005

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a doce de Enero de dos mil cinco.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia de Mula, con el núm. 90/03 , entre las partes: como actor en instancia y oponente en esta alzada, D. Esteban , en el Juzgado representado por el Procurador D. Octavio Fernández Herrera y en esta alzada por el Procurador

D. Francisco Botía Llamas, siendo defendido en ambas instancias por el Letrado D. Jaime Jover Medina; y como demandado en instancia y apelante en esta alzada, D. Joaquín , en el Juzgado representado por el Procurador D. Ginés Guirado Jiménez y defendido por el Letrado D. Antonio Vélez Martínez.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 7 de junio de 2.004, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Octavio Fernández Herrera y bajo la dirección del Letrado D. Jaime Jover Medina, contra D. Joaquín , representado por elProcurador Ginés Guirado Jiménez y bajo la dirección técnica del Letrado D. Antonio Vélez Martínez; y debo condenar y condeno al demandado a estar y pasar por los siguientes pronunciamientos: 1. Que debo declarar y declaro el derecho del actor D. Esteban a retraer la finca registral núm. NUM000 del Registro de la Propiedad de Mula, descrita en el Hecho Segundo de la demanda. 2.- Que debo condenar y condeno al demandado comprador D. Joaquín a otorgar a favor del actor D. Esteban la correspondiente escritura pública de compra venta en el plazo de dos meses contados desde la firmeza de la sentencia y en iguales condiciones a las que tenía la finca en el momento de la adquisición por los demandados, es decir, libre de toda finca carga, gravamen y arrendamiento, con apercibimiento de hacerlo de oficio, y a su costa si no lo hicieren así, previo compromiso por el actor de pagar al demandado cualquier otro pago legítimo a que hubiere lugar en derecho. 3.- Que se condene al demandado al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del demandado, D. Joaquín , siéndosele admitido y, tras los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, fueron emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte oponente al recurso y señalándose Deliberación y Votación para el día 12 de enero de 2.005.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que procede examinar en primer lugar, por razones lógicas y de orden procesal, el motivo articulado de infracción del art. 1.524 del C. Civil , por caducidad de la acción de retracto de colindantes, alegando, en síntesis, que la finca objeto del retracto fue inscrita en el Registro de la Propiedad de Mula en fecha 16 de enero de 2.003, siendo expedido el edicto para fijación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en fecha 16 de enero de 2.003, discrepándose...

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