SAP Zaragoza 250/2000, 4 de Abril de 2000

PonenteJOSE JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI
ECLIES:APZ:2000:955
Número de Recurso613/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución250/2000
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTAS CINCUENTA

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Javier Seoane Prado

D. Eduardo Navarro Peña

En la Ciudad de Zaragoza a Cuatro de Abril del Dos Mil.

En nombre de S.M. el Rey

VISTOS por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 15 de Julio de 1999 por el Juzgado de Primera Instancia número Seis de los de Zaragoza, en autos de proceso matrimonial seguidos con el número 159 de 1999 , sobre modificación de medidas de separación conyugal, de que dimana el presente rollo de apelación numero 613/99 en el que han sido partes, apelante, el demandante Don Simón , mayor de edad casado vecino de la Joyosa (Zaragoza) representado por la Procuradora Dª. Beatriz García Boldova y asistido del Letrado D. Nabil German Georgees Pascual, y, apelada, la demandada Doña Carmen mayor de edad, casada, vecina de Larrapa (Zaragoza) representada por la Procuradora D. María Pilar Amador Guallar y asistida del Letrado D. Jorge Nieto Avellaned, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José J. Solchaga Loitegui que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. García Boldova, en nombre y representación de Don Simón , contra Doña Carmen , representada por la Procuradora Sra. Amador Guallar, se mantiene la pensión en concepto de alimentos y a cargo del actor fijada en sentencia de separación para la hija común, con las consiguientes actualizaciones; sin costas.-"

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal del demandante Don Simón se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, y personados en tiempo y forma hábiles demandante y demandado, se siguió el trámite legal, señalándose, finalmente, para la celebraciónde la vista, la audiencia del día 31 de Marzo del 2000 en cuyo acto, las partes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la Sentencia apelada.

PRIMERO

En sentencia de separación conyugal fecha 3 de Octubre de 1995, se acordó el pago por el padre a su hija Marí Jose , mayor de edad, de una pensión de alimentos actualizable de quince mil pesetas al mes; no haciéndose mención en el proceso matrimonial a la concesión de pensión compensatoria a ninguno de los dos cónyuges, ni fue pedida por los mismos.

SEGUNDO

El esposo, en enero de 1997 fue internado por...

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