SAP Barcelona, 14 de Noviembre de 2002

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2002:11478
Número de Recurso780/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOAQUIN DE ORO PULIDO LÓPEZ

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

En la ciudad de Barcelona, a catorce de noviembre de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo menor cuantía, número 572/1998 seguidos por el Juzgado Primera Instancia

12 Barcelona, a instancia de COMPAÑIA ROCAPLANA; SL, Dª Alicia , D. Juan Ramón , D. Guillermo , D. Carlos José , Dª, Marí Trini , Dª Mariana , Dª Erica representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. NIEVES HERNANDEZ DE URQUIA y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. ELISABETH BARNADES, contra CP. C/MUNTANER Nª 147, Dª Dolores (Fincas Clariso), representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. LUISA INFANTE LOPE y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. JULIA INFANTE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Erica , Mariana , COMPAÑIA ROCAPLANA; SL, Alicia , Juan Ramón , Carlos José , Guillermo , Marí Trini contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de mayo de 2000, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: que desestimando la demanda interpuesta por Dª María de las Nieves Hernández de Urquía, en nombre y representación de Compañía Rocaplana SL., Dª Alicia , D. Juan Ramón , D. Carlos José , D. Jose Luis , Dª. Marí Trini , Mariana y Dª. Erica , contra la Comunidad de Propietarios de la Calle Muntaner nº 147 de Barcelona y Dª. Dolores , como Administradora de la citada finca, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a las demandadas de los pedimentos formulados en su contra, con imposición de las costas procesales causadas a los demandantes.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Mariana , COMPAÑIA ROCAPLANA; SL, Alicia , Juan Ramón , Carlos José , Guillermo , Marí Trini y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 3 de octubre de 2002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo/a. Sr./a. Magistrado/a D/Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

promovió la actora las presentes actuaciones impugnando las actas de la Comunidad de propietarios de fechas 25-6-98; 14-7-98; 13-12-79; solicitando la condena de la Comunidad a que vuelva a regirse por los estatutos de junio del 79 (que fueron modificados en Junta General de 13-12-79); se condene al propietario del entresuelo 2ª a devolver la finca a su estado original; condenar a la Comunidad a destituir al Administrador de la finca "declarándole responsable por negligencia y por los intereses económicos que tiene y ostenta en perjuicio de otros propietarios, como por la mala gestión con expresa imposición de costas al resto de la Comunidad demandada y a la Administradora de Fincas por la coacción ejercida y la mala fe y abuso de potestad en su cargo". Desestimada la demanda se alzó contra la sentencia de instancia la actora.

SEGUNDO

Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

TERCERO

Respecto a la impugnación de presupuestos, provisión de fondos, contribución a los gastos comunes,...

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